/ jueves 9 de julio de 2020

Aprueba Congreso de Oaxaca hasta 4 años de cárcel por acoso callejero

En la entidad, la violencia sexual ocupa el segundo lugar en las agresiones más frecuentes hacia mujeres, sólo después de la violencia familiar

Oaxaca, Oax.- a 9 Julio 2020 .- Por unanimidad, las y los diputados de la LXIV Legislatura Local aprobaron castigar hasta con 4 años de cárcel a quien con piropos, silbidos, masturbación y frotamientos acose sexualmente a una persona.

La iniciativa a la reforma artículo 241 del Código Penal del Estado de Oaxaca, fue presentada por la diputada Eliza Zepeda Lagunas y establece de forma específica las conductas antes mencionadas.

"Estas conductas recibirán hasta tres años de prisión, sin embargo, cuando exista algún tipo de agravante, la pena podría ser de cuatro años de cárcel", señala la reforma.

Los agravantes pudieran ser si la agresión se da en grupo además hubiera asedio, seguimiento o persecución, si la agresión se comete hacia una persona de menos de 18 años de edad, o de una persona con discapacidad

En Oaxaca se estima que al menos dos de cada diez mujeres han sufrido algún tipo de acoso sexual callejero, mientras el 10.1 por ciento de hombres entrevistados manifestaron haber sufrido una situación de violencia sexual en la calle, el 27.2 por ciento de mujeres enfrentaron este tipo de violencia (INEGI).

En la entidad, la violencia sexual ocupa el segundo lugar en las agresiones más frecuentes hacia mujeres, sólo después de la violencia familiar, según cifras oficiales.

JLP

Oaxaca, Oax.- a 9 Julio 2020 .- Por unanimidad, las y los diputados de la LXIV Legislatura Local aprobaron castigar hasta con 4 años de cárcel a quien con piropos, silbidos, masturbación y frotamientos acose sexualmente a una persona.

La iniciativa a la reforma artículo 241 del Código Penal del Estado de Oaxaca, fue presentada por la diputada Eliza Zepeda Lagunas y establece de forma específica las conductas antes mencionadas.

"Estas conductas recibirán hasta tres años de prisión, sin embargo, cuando exista algún tipo de agravante, la pena podría ser de cuatro años de cárcel", señala la reforma.

Los agravantes pudieran ser si la agresión se da en grupo además hubiera asedio, seguimiento o persecución, si la agresión se comete hacia una persona de menos de 18 años de edad, o de una persona con discapacidad

En Oaxaca se estima que al menos dos de cada diez mujeres han sufrido algún tipo de acoso sexual callejero, mientras el 10.1 por ciento de hombres entrevistados manifestaron haber sufrido una situación de violencia sexual en la calle, el 27.2 por ciento de mujeres enfrentaron este tipo de violencia (INEGI).

En la entidad, la violencia sexual ocupa el segundo lugar en las agresiones más frecuentes hacia mujeres, sólo después de la violencia familiar, según cifras oficiales.

JLP

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