/ miércoles 14 de julio de 2021

Sentencian 208 años de cárcel a Juan "N", director de obra de Colegio Rébsamen

Tras el sismo del 19 de septiembre de 2017 se registraron los decesos de 19 personas menores de edad y siete adultos

Un juez de Tribunal de Enjuiciamiento dictó sentencia de 208 años de prisión contra Juan "N" director de obra, por su responsabilidad penal en el delito de homicidio, en agravio de 26 personas, en el Colegio Enrique Rébsamen durante el sismo del 19 de septiembre del 2017.

Asimismo, el juzgador determinó que el sentenciado deberá pagar la cantidad de 377 mil 450 pesos a cada una de las víctimas indirectas, por concepto de daño material, según dio a conocer la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX).

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Durante la audiencia que se llevó a cabo en el área de juzgados del Poder Judicial capitalino, anexos al Reclusorio Oriente, el juez resolvió negarle sustitutivos penales, y se le acreditó el daño moral.

A Juan "N", se le suspendieron sus derechos al sentenciado y negarle los sustitutivos penales.

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La FGJCDMX, también acreditó que el sentenciado garantizó la seguridad estructural del colegio, sin haber realizado las pruebas de carga que le obligaba la normatividad y pese a las irregularidades administrativas y de construcción con que contaba el inmueble.

Los decesos de 19 personas menores de edad y siete adultos se registraron tras el colapso de un colegio ubicado en la alcaldía Tlalpan, durante el sismo del 19 de septiembre de 2017.

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Un juez de Tribunal de Enjuiciamiento dictó sentencia de 208 años de prisión contra Juan "N" director de obra, por su responsabilidad penal en el delito de homicidio, en agravio de 26 personas, en el Colegio Enrique Rébsamen durante el sismo del 19 de septiembre del 2017.

Asimismo, el juzgador determinó que el sentenciado deberá pagar la cantidad de 377 mil 450 pesos a cada una de las víctimas indirectas, por concepto de daño material, según dio a conocer la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX).

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Durante la audiencia que se llevó a cabo en el área de juzgados del Poder Judicial capitalino, anexos al Reclusorio Oriente, el juez resolvió negarle sustitutivos penales, y se le acreditó el daño moral.

A Juan "N", se le suspendieron sus derechos al sentenciado y negarle los sustitutivos penales.

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La FGJCDMX, también acreditó que el sentenciado garantizó la seguridad estructural del colegio, sin haber realizado las pruebas de carga que le obligaba la normatividad y pese a las irregularidades administrativas y de construcción con que contaba el inmueble.

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