La Fiscalía de Investigación para Servidores Públicos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México investiga la presunta fabricación de delitos en la que se encuentran involucrados algunos servidores públicos de la misma institución. Una de las víctimas, es Hugo Martínez Gorostieta, líder de la banda de secuestradores “Los Wonders”, quien busca su libertad, pues su defensa ha aportado pruebas de que fue víctima de tortura.
A ellos, los pretenden consignar bajo el sistema penal acusatorio tradicional por una averiguación de tortura que fue iniciada hace 8 años y por hechos que pasaron hace 15 años.
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El denunciante es Hugo Martínez Gorostieta, líder de la banda de secuestradores "Los Wonders", quien fue sentenciado a más de 113 años, pena que ya fue fijada como irrevocable por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"El Wonder" pretende recuperada su libertad con esta estrategia legal que se orquesta en la Fiscalía de Servidores Públicos de la FGJ a manos del Ministerio Público Rogelio Marañón.
En la averiguación FIDCSP/B/T3/3945/15-12 se lee que el denunciante asegura que fue torturado el día en que fue detenido en 2008.
En los últimos meses, el MP ha citado a los "presuntos responsables" de la supuesta agresión de la que fue víctima Hugo, quien secuestró a dos personas en distintos eventos, a cuyas víctimas les mutiló un dedo.
A más de 15 años de su arresto, el Ministerio Público asegura que "El Wonder" reconoció a través de fotografías a sus agresores.
Sin embargo, el servidor público que ya declaró, aseguró que la gran mayoría de los señalados no estaban en funciones el día del arresto de Martínez Gorostieta.
También, afirmó que a algunos de los funcionarios que tratan de involucrar, es por omisiones, es decir que presuntamente no hicieron nada mientras lo agredían.
No obstante, de acuerdo con la Ley Para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura, este delito se puede indagar siempre y cuando se acredite la participación, pues por omisión no procede.
El mismo funcionario que ya compareció, señaló que en la averiguación ya había sido dictado el no ejercicio de la acción penal y que a pesar de esto, fue reabierto el expediente.
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