/ viernes 30 de junio de 2023

Acierto en materia laboral del Poder Judicial de la CDMX

El Poder Judicial dio la razón a los criterios esgrimidos por la jueza María Guadalupe Moreno Figueroa, titular del Primer Tribunal Laboral de Asuntos Colectivos

Un gran acierto jurídico en materia laboral se apuntó el Poder Judicial de la Ciudad de México, que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez, luego de que el Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Sur, del Poder Judicial de la Federación, dio la razón a los criterios esgrimidos por la jueza María Guadalupe Moreno Figueroa, titular del Primer Tribunal Laboral de Asuntos Colectivos, en diversos conflictos competenciales en relación a procedimientos de huelga tratándose de revisiones de contratos colectivos que aplican en dos o más entidades federativas.

La juez Moreno Figueroa esgrimió que se trataba de un asunto de competencia de los tribunales de la materia federal, basada en jurisprudencias de la Suprema Corte y un discernimiento lúcido de las diferencias entre contrato-ley y contrato colectivo de trabajo. Quedó en claro que los procedimientos de huelga respecto de contratos colectivos de trabajo que aplican en dos o más entidades federativas son de carácter federal.

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Un gran acierto jurídico en materia laboral se apuntó el Poder Judicial de la Ciudad de México, que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez, luego de que el Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Sur, del Poder Judicial de la Federación, dio la razón a los criterios esgrimidos por la jueza María Guadalupe Moreno Figueroa, titular del Primer Tribunal Laboral de Asuntos Colectivos, en diversos conflictos competenciales en relación a procedimientos de huelga tratándose de revisiones de contratos colectivos que aplican en dos o más entidades federativas.

La juez Moreno Figueroa esgrimió que se trataba de un asunto de competencia de los tribunales de la materia federal, basada en jurisprudencias de la Suprema Corte y un discernimiento lúcido de las diferencias entre contrato-ley y contrato colectivo de trabajo. Quedó en claro que los procedimientos de huelga respecto de contratos colectivos de trabajo que aplican en dos o más entidades federativas son de carácter federal.

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