/ martes 9 de agosto de 2022

A partir de hoy la detención de feministas en marchas deberá videograbarse en Edomex

La actuación de los uniformados tendrá que asegurar la protección de los manifestantes y los derechos de terceros, así como garantizar la paz y el orden públicos

Las corporaciones policiacas del Estado de México, tanto de nivel estatal como municipal, que determinen la detención de una o varias personas durante una manifestación feminista, estarán obligadas a videograbar la aprehensión o las aprehensiones.

Así lo establece la Gaceta de Gobierno de la entidad, al dar a conocer hoy el Acuerdo del Secretario General de Gobierno, del Secretario de Seguridad y de la Secretaria de las Mujeres, por el que se emite el protocolo de actuación policial para la seguridad y atención de manifestantes en pro de los derechos de las mujeres.

“Las detenciones deberán ser registradas en medios electrónicos audiovisuales que serán accesibles por los medios que establezcan las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales”, se establece en el capitulo VI, relativo al uso de la fuerza.

En el mismo apartado se consigna que el empleo del uso de la fuerza se ejercerá de conformidad con la Ley Nacional, así como los Protocolos Nacional y Estatal sobre el Uso de Fuerza, al tiempo en que se advierte que los policías “por ningún motivo podrán hacer uso de armas en contra de quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas pacíficas con objeto lícito”.

El gobierno del Estado de México dio a conocer que la actuación de los uniformados tendrá que asegurar la protección de los manifestantes y los derechos de terceros, así como garantizar la paz y el orden públicos.

“En caso de que en las manifestaciones o reuniones públicas se comiencen a realizar actos violentos, que pongan en riesgo la integridad física tanto de los asistentes como de los agentes, y que a su vez alteren el orden público, para hacer frente se deberá considerar la presencia de agentes capacitados para llevar a cabo negociaciones y procedimientos de disuasión y persuasión, que den como resultado que los manifestantes cedan de dichas conductas agresivas, mismos que deberán apegarse a los niveles de uso de la fuerza establecidos en la Ley Nacional, a los principios que rigen su actuar y los protocolos existentes para ello”.

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El acuerdo dado a conocer en la Gaceta de Gobierno agrega que durante una manifestación sólo se procederá a la detención bajo los supuestos de un delito o falta administrativa flagrante. Asimismo, establece que en el momento que se materialice cualquier detención, de manera inmediata se sujetará a lo señalado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, o bien, en el Bando de Municipal correspondiente.

También afirma que los policías, al observar que dentro de la manifestación se materializan acciones realizadas por una o varias personas que constituyen delito o falta administrativa flagrante, deberán desplegar acciones de formación estratégica que genere restricción de desplazamiento para determinar un perímetro, con la finalidad de controlar la agresión, y detener al agresor; lo anterior de acuerdo con el impacto del uso de la fuerza de conformidad con la Ley Nacional.

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Las corporaciones policiacas del Estado de México, tanto de nivel estatal como municipal, que determinen la detención de una o varias personas durante una manifestación feminista, estarán obligadas a videograbar la aprehensión o las aprehensiones.

Así lo establece la Gaceta de Gobierno de la entidad, al dar a conocer hoy el Acuerdo del Secretario General de Gobierno, del Secretario de Seguridad y de la Secretaria de las Mujeres, por el que se emite el protocolo de actuación policial para la seguridad y atención de manifestantes en pro de los derechos de las mujeres.

“Las detenciones deberán ser registradas en medios electrónicos audiovisuales que serán accesibles por los medios que establezcan las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales”, se establece en el capitulo VI, relativo al uso de la fuerza.

En el mismo apartado se consigna que el empleo del uso de la fuerza se ejercerá de conformidad con la Ley Nacional, así como los Protocolos Nacional y Estatal sobre el Uso de Fuerza, al tiempo en que se advierte que los policías “por ningún motivo podrán hacer uso de armas en contra de quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas pacíficas con objeto lícito”.

El gobierno del Estado de México dio a conocer que la actuación de los uniformados tendrá que asegurar la protección de los manifestantes y los derechos de terceros, así como garantizar la paz y el orden públicos.

“En caso de que en las manifestaciones o reuniones públicas se comiencen a realizar actos violentos, que pongan en riesgo la integridad física tanto de los asistentes como de los agentes, y que a su vez alteren el orden público, para hacer frente se deberá considerar la presencia de agentes capacitados para llevar a cabo negociaciones y procedimientos de disuasión y persuasión, que den como resultado que los manifestantes cedan de dichas conductas agresivas, mismos que deberán apegarse a los niveles de uso de la fuerza establecidos en la Ley Nacional, a los principios que rigen su actuar y los protocolos existentes para ello”.

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El acuerdo dado a conocer en la Gaceta de Gobierno agrega que durante una manifestación sólo se procederá a la detención bajo los supuestos de un delito o falta administrativa flagrante. Asimismo, establece que en el momento que se materialice cualquier detención, de manera inmediata se sujetará a lo señalado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, o bien, en el Bando de Municipal correspondiente.

También afirma que los policías, al observar que dentro de la manifestación se materializan acciones realizadas por una o varias personas que constituyen delito o falta administrativa flagrante, deberán desplegar acciones de formación estratégica que genere restricción de desplazamiento para determinar un perímetro, con la finalidad de controlar la agresión, y detener al agresor; lo anterior de acuerdo con el impacto del uso de la fuerza de conformidad con la Ley Nacional.

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