A once años del caso New´s Divine la impunidad se impone

Esto a pesar de las 12 muertes que dejó el fallido operativo y 16 más resultaron heridas

Alberto Jiménez e Hilda Escalona

  · lunes 17 de junio de 2019

La impunidad se impone en la tragedia del caso New's Divine, pues en la víspera de cumplirse once años la herida aún no cierra y los verdaderos responsables siguen libres por cuestiones políticas y por una justicia que no llega a las familias de las 12 personas que fallecieron y que 16 más quedaron lesionadas, aquel 20 de junio 2008.

El ex procurador General de Justicia del entonces DF, Rodolfo Félix Cárdenas; el ex titular de la SSPCDMX, Joel Ortega Cuevas; Subprocuradores, fiscales y mandos operativos de la desaparecida SSPDF fueron quienes coordinaron ese mega operativo, cuando el jefe de gobierno era Marcelo Ebrard y pese a todo, ninguno de éstos ha pisado la prisión. Tampoco se encuentra en la impunidad el actual alcalde, Francisco Chiguil, quien también está relacionado en el caso.

QUITAN DEL CASO NEW´S DIVINE AL JUEZ

El pasado 17 de mayo de 2019, con número de oficio CJCMX-SG-PL-8333/2019, el juez Cámara Atristáin fue informado por la maestra Zaira Liliana Jiménez Seade, secretaria general del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, de su remoción del caso por “necesidades del servicio”.

Como dato adicional, es necesario mencionar que el presidente del Consejo de la Judicatura en la capital del país, es el también presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Rafael Guerra Álvarez, quien hace 11 años fue el juez que llevó el caso del New´s Divine.

El juez del Sistema Procesal Acusatorio, Ángel Aarón Cámara Atristáin, ordenó una amplia investigación e imparcial a fin de que haya justicia para las víctimas de la tragedia del Nesw´s Divine y que los responsables no queden impunes, en este caso el alcalde de Gustavo A. Madero Francisco Chiguil y su coordinador de asesores Rafael Bustamante.

Así lo determinó el impartidor de justicia al final de la audiencia celebrada el pasado 26 de febrero de 2019 en la Unidad de Gestión Número 8 del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, donde Cámara Atristáin dejó sin efecto la petición del no ejercicio de la acción penal contra Chiguil por parte de la Fiscalía de la Coordinación de Ministerios Públicos Auxiliares de la procuradora Ernestina Godoy.

Después de tres horas de la audiencia y tras escuchar los argumentos del abogado de las víctimas Moisés Martín Castillo Guerrero, el juez revocó las autorizaciones del no ejercido de la acción penal acordadas en las carpetas de investigación CI-FSP/B/UI-B-3 C/D/2313/06-2018 y CI-FSP/B/UI-B-3 y C/D2314/06-2018.

Presentes ese día estuvieron con el abogado Claudia Martínez Alcalá en representación de su hija –postrada en silla de ruedas- Jennifer Jiménez Martínez, así como Martín Rocha Sánchez, en representación de su menor hija y occisa Erika Janeth Rocha Maruri, así como la defensa del implicado Francisco Chiguil –vía la procuraduría capitalina- los fiscales Francisco Moreno Vázquez y María del Carmen Fernández Trejo.

La petición del juez de realizar desde cero una investigación del caso, se enmarca en el absoluto respeto al Sistema de Justicia Interamericano de Derechos Humanos y del cual México forma parte. Esto al considerar la actualización de “violaciones graves a los derechos humanos” de las víctimas respecto de los hechos ocurridos el 20 de junio de 2008 en la discoteca bar denominada “New´s Divine”, por los delitos de homicidio, lesiones, uso indebido de facultades y atribuciones, ejercicio ilegal del servicio público y corrupción de menores, y lo que resulte a raíz de las correspondientes investigaciones.

El juez Cámara Atristáin dejó en claro que los investigados en las carpetas señaladas son los ciudadanos Francisco Chíguil Figueroa, quienes actualmente ocupan cargos públicos, el primero como alcalde en la demarcación política de Gustavo A. Madero y el segundo se desempeña como coordinador de asesores.

Sin embargo, especificó que “las investigaciones de mérito deberán realizarse en forma amplia, es decir, además de las personas indicadas y cada una de las que pudieran resultar responsables por la comisión de un delito”.

Derivado de la resolución que tomó el juez, el 28 de febrero envió los oficios respectivos a la jefa de gobierno Claudia Sheinbaum Pardo; al presidente del Congreso de la Ciudad de México, Jesús Martín del Campo; a la procuradora general de justicia de la Ciudad de México, Ernestina Godoy Ramos y a la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, Nashieli Ramírez Hernández. Sin embargo, en todo momento hicieron caso omiso a la orden del impartidor de justicia.

A los anteriormente mencionados, Ángel Aarón Cámara, les exigió tomar las medidas que consideraran necesarias para garantizar una investigación transparente y en igualdad de circunstancias de las víctimas directas e indirectas frente a los investigados respecto de los sucesos de la discoteca “New´s Divine”.

“En otras palabras, para evitar que por el simple hecho de tratarse de servidores públicos, pudieran eventualmente generarse obstáculos para hacer efectivos los derechos fundamentales de las víctimas, así como las garantías correspondientes para hacerlos efectivos”, expresó el juez.

CHIGUIL TIENE QUE RENUNCIAR AL CARGO

Más de una hora tardó el abogado defensor de las víctimas, Moisés Martín Castillo en fundamentar la impugnación del no ejercicio de la acción penal en contra del alcalde Francisco Chíguil, solicitada por los fiscales dependientes de la oficina particular de la titular de la Procuraduría General de Justicia capitalina.

Castillo Guerrero explicó que la presente audiencia se llevó al cabo a partir de que el Ministerio Público propuso el no ejercicio de la acción penal en las carpetas de investigación 2313 y 2314.

“Sin embargo, la nueva óptica del Sistema Penal Acusatorio, nos indica que todos los delitos y toda la actuación del Ministerio Público deben verse a la luz de los derechos humanos”, apuntó el litigante.


Así es como durante la audiencia, el abogado de las víctimas fundamentó el motivo por el cual los delitos que nacen a raíz de violaciones cometidas a derechos humanos son imprescriptibles y “no siguen el orden común de legalidad con taxatividad de la ley”.