La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) determinó reservar por cinco años toda la información relacionada con la demanda interpuesta el 4 de agosto contra 11 empresas estadounidenses dedicadas a la fabricación y distribución de armas de fuego en aquel país.
La Organización Nacional Anticorrupción (ONEA México) solicitó vía Plataforma Nacional de Transparencia el monto invertido por la Cancillería en esta asesoría legal, es decir, copia de los contratos, recibos, facturas, transferencias o equivalentes generados con motivo del pago de trabajos de representación jurídica.
Sin embargo, mediante una resolución con fecha del 17 de septiembre, el Comité de Transparencia de esta dependencia determinó la reserva tanto del escrito de la demanda como de “toda la información contenida e inherente a la misma”; entre los documentos que se resguardarán se encuentran los estudios de gabinete, las estrategias, estadísticas y las notas intercambiadas con las firmas contratadas.
En palabras de la Cancillería, de acuerdo a la ONEA México, esta demanda de carácter civil atiende el daño ocasionado por las prácticas negligentes de estas compañías, que resultan en la importación ilegal de 500 mil armas anuales al territorio nacional, las cuales “llegan directamente a manos del crimen organizado”.
Para su representación ante la justicia norteamericana, el Gobierno de México contrató los servicios del abogado Steve Shadowen, fundador de la firma Hillard & Shadowen LLP con sede en la ciudad de Boston, así como de Jonathan Lowy, socio de la organización Brady Legal en Washington D.C.
De acuerdo con los argumentos de la Oficina del Canciller y su Consultoría Jurídica, la publicación de esta información podría comprometer la seguridad nacional y vulnerar la conducción del expediente judicial, así como entorpecer el proceso de demanda y “complicar seriamente el resultado de una forma negativa”.
Lo anterior, a pesar de que esta Organización Nacional Anticorrupción únicamente solicitó documentos relativos al gasto económico, completamente ajenos al fondo de los hechos, al trámite de la demanda o a las estrategias gubernamentales para la detección del tráfico ilícito de armas en el país.
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"De tal manera, si bien el proceso de mérito puede revestir información que por cuyo carácter deba permanecer en calidad de reservada, los razonamientos vertidos por la Secretaría de Relaciones Exteriores no resultan aplicables al caso concreto, puesto que lo que trató de conocerse fue el gasto erogado en la contratación de los servicios legales extranjeros", señaló la ONEA en un comunicado.
Finalmente destacó que, conforme a la legislación local en materia de transparencia, la clasificación de la información no es el medio menos restrictivo disponible, dado que cuando un documento contiene partes o secciones reservadas, los sujetos obligados deben elaborar una versión pública para efectos de atender la solicitud.
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