Con ocho votos contra tres, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió hoy el traspaso de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Los ministros del Alto Tribunal consideraron que la readscripción autorizada por el Congreso de la Unión en septiembre pasado es inconstitucional ya que viola el artículo 21 de la legislación nacional en el que se señala que todas las corporaciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, deben tener carácter civil y no militar.
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Con su decisión los integrantes del Pleno revierten una de las principales pretensiones del presidente Andrés Manuel López Obrador para que este cuerpo de seguridad sea dependiente de la Sedena y no de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), como originalmente fue concebida en 2019.
Sin embargo, será hasta la sesión del próximo jueves cuando los ministros decidan sobre cómo será la ruta de salida del cuerpo civil de la Sedena y el tiempo con el que los legisladores y la dependencia tienen para cumplir con lo acordado, ya que aunque el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propuso que fuera de manera inmediata, el resto del Pleno no llegó a un acuerdo.
Una vez que se establezca este lapso temporal, que incluso puede alargarse hasta 2024, y que los legisladores hagan las modificaciones constitucionales pertinentes, la dependencia a cargo de Luis Cresencio Sandoval ya no será la superior jerárquica de los guardias nacionales y no podrá disponer de los más de 130 mil elementos y de sus 280 cuarteles a lo largo del país.
Tampoco podrá hacer uso de los recursos económicos que se le asignan anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación a la Guardia Nacional, que este año ascendieron a 34 millones 525 mil 332 pesos.
Todo ello volverá a ser operado por la SSPC la cual dirige Rosa Icela Rodríguez, quien será la superior directa del titular del cuerpo de seguridad.
Sobre el puesto que ejerce Córdova Campos, los ministros también acordaron por mayoría de ocho votos que su nombramiento no sea por propuesta del titular de Sedena al Presidente de la República, como hasta hoy lo contemplaba el artículo 14 de la Ley de la Guardia Nacional.
De la misma manera se suprimió la fracción III de ese artículo, en el que se establecía como requisito para acceder al cargo se debía contar grado de Comisario General, lo que a decir de los ministros reducía “el universo de posibles aspirantes al cargo, limitándolo en gran medida al personal asignado a las Fuerzas Armadas”.
Lo aprobado hoy no implica que el Ejército, la Armada de México y la Fuerza Aérea no puedan participar en tareas de seguridad pública, pues la acción de inconstitucionalidad presentada por los legisladores de oposición no pidió acotar esas tareas, sino únicamente limitará que la Guardia Nacional no se convierta en un cuerpo “militarizado” subordinado a la Sedena.
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No obstante, sí representa un revés importante a las intenciones del presidente López Obrador quien insistió en su conferencia de prensa de esta mañana en que los ministros de la Corte no deberían revocar el decreto, ya que de hacerlo el cuerpo de seguridad podría caer en corrupción como, asegura, sucedió con la Policía Federal en los sexenios de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.