/ miércoles 17 de marzo de 2021

Piden hasta 4 años de prisión por difundir imágenes con cadáveres

Esta sanción excluye a medios de comunicación dada su naturaleza de informar

Ciudad de México.- Una sanción de hasta cuatro años de cárcel demandan aplicar diputados mexiquenses a quienes difundan por cualquier medio imágenes o videos donde aparezcan cadáveres o restos humanos, bajo custodia de alguna institución forense, sin autorización expresa para ello.

Sin embargo, esta sanción excluye a medios de comunicación dada su naturaleza de informar, por lo que no se contempla castigar a reporteros gráficos que capten imágenes de personas muertas.

De acuerdo con el proyecto legislativo que presentó la diputada del Partido Revolucionario Institucional Lorena Marín Moreno, se busca concretar reformas al Código Penal del Estado de México para sancionar a quien por cualquier medio comparta, difunda o comercialice imágenes y videos con contenido audiovisual de fallecidos, pero aclaró que en ningún momento se pretende restringir el derecho humano a la libertad de expresión y la garantía de acceso a la información.

Al hablar de su iniciativa, la cual –dijo- cuenta con el respaldo de los integrantes de su bancada, agregó que los cambios legales en la materia prevén sanciones de dos a cuatro años de prisión y de 100 a 500 días multa.

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Durante su exposición de motivos ante la sesión del pleno la tarde noche de ayer, la legisladora apuntó que en México existe un marco legal que establece un trato digno a los cadáveres, soportado en la Ley General de Salud, donde se estipula que los cuerpos sin vida de las personas no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración.

Resaltó que en el Código Penal Estado de México se describen las sanciones de diferentes conductas que atentan en contra del respeto a los muertos, así como leyes de inhumación y exhumación, pero lamentó que es recurrente encontrar en diferentes plataformas digitales imágenes que contrastan lo señalado en dichos ordenamientos jurídicos.

“La inmediatez, facilidad y falta de restricciones de las tecnologías de la información y la comunicación ha originado una serie de conductas que han vulnerado la esfera de derechos de terceras personas, como la exposición a través de diferentes plataformas digitales de cadáveres, restos humanos o lesiones graves en el cuerpo humano”, dijo

Añadió que la modificación al Código Penal estatal busca garantizar que no se vulnere la dignidad de los mexiquenses después de fallecidos, y su aprobación representaría un avance significativo en la protección de la dignidad post mortem; que ya se aplica en otras entidades como Veracruz, Colima y la Ciudad de México, que contemplan dicho delito en sus normas penales.

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Ciudad de México.- Una sanción de hasta cuatro años de cárcel demandan aplicar diputados mexiquenses a quienes difundan por cualquier medio imágenes o videos donde aparezcan cadáveres o restos humanos, bajo custodia de alguna institución forense, sin autorización expresa para ello.

Sin embargo, esta sanción excluye a medios de comunicación dada su naturaleza de informar, por lo que no se contempla castigar a reporteros gráficos que capten imágenes de personas muertas.

De acuerdo con el proyecto legislativo que presentó la diputada del Partido Revolucionario Institucional Lorena Marín Moreno, se busca concretar reformas al Código Penal del Estado de México para sancionar a quien por cualquier medio comparta, difunda o comercialice imágenes y videos con contenido audiovisual de fallecidos, pero aclaró que en ningún momento se pretende restringir el derecho humano a la libertad de expresión y la garantía de acceso a la información.

Al hablar de su iniciativa, la cual –dijo- cuenta con el respaldo de los integrantes de su bancada, agregó que los cambios legales en la materia prevén sanciones de dos a cuatro años de prisión y de 100 a 500 días multa.

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Durante su exposición de motivos ante la sesión del pleno la tarde noche de ayer, la legisladora apuntó que en México existe un marco legal que establece un trato digno a los cadáveres, soportado en la Ley General de Salud, donde se estipula que los cuerpos sin vida de las personas no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración.

Resaltó que en el Código Penal Estado de México se describen las sanciones de diferentes conductas que atentan en contra del respeto a los muertos, así como leyes de inhumación y exhumación, pero lamentó que es recurrente encontrar en diferentes plataformas digitales imágenes que contrastan lo señalado en dichos ordenamientos jurídicos.

“La inmediatez, facilidad y falta de restricciones de las tecnologías de la información y la comunicación ha originado una serie de conductas que han vulnerado la esfera de derechos de terceras personas, como la exposición a través de diferentes plataformas digitales de cadáveres, restos humanos o lesiones graves en el cuerpo humano”, dijo

Añadió que la modificación al Código Penal estatal busca garantizar que no se vulnere la dignidad de los mexiquenses después de fallecidos, y su aprobación representaría un avance significativo en la protección de la dignidad post mortem; que ya se aplica en otras entidades como Veracruz, Colima y la Ciudad de México, que contemplan dicho delito en sus normas penales.

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