/ jueves 27 de agosto de 2020

Niegan otro amparo a Notimex contra la Huelga

Los trabajadores de SutNotimex exigen a la dirección resolver el conflicto

El Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México desechó un amparo indirecto promovido por la Dirección de Notimex contra la huelga estallada el pasado 21 de febrero por las y los trabajadores integrantes al Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (SutNotimex), debido a que fueron improcedentes los argumentos esgrimidos por la empresa.

Los tres motivos que la Dirección de Notimex ruvo para imponer el amparo son: el número de trabajadores emergentes de confianza que podían ingresar a las instalaciones de trabajado para labores de mantenimiento; la audiencia incidental de calificación de huelga y el padrón que determinó la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) para el recuento.

La sentencia del juicio de amparo 487/2020-VII de fecha 21 de agosto dice: “Se sobresee en el juicio de amparo promovido por Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, contra los actos de la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, precisados en el considerando segundo de este fallo, por los motivos expuestos en el considerando cuarto del mismo”.

El mismo documento indica que la Dirección de Notimex intentó impugnar la resolución de la JFCA que declara legalmente existente la huelga, mediante la ampliación de esta demanda, pero “fue desechada y consentido tal desechamiento por parte del quejoso, al no haber interpuesto en su contra el medio de defensa respectivo”.

Esto refrenda la legalidad y constitucionalidad de la huelga que este jueves cumple 189 días, en medio de la más severa emergencia sanitaria de la que se tenga registro en el país, de las inclemencias del tiempo.

El Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México desechó un amparo indirecto promovido por la Dirección de Notimex contra la huelga estallada el pasado 21 de febrero por las y los trabajadores integrantes al Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (SutNotimex), debido a que fueron improcedentes los argumentos esgrimidos por la empresa.

Los tres motivos que la Dirección de Notimex ruvo para imponer el amparo son: el número de trabajadores emergentes de confianza que podían ingresar a las instalaciones de trabajado para labores de mantenimiento; la audiencia incidental de calificación de huelga y el padrón que determinó la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) para el recuento.

La sentencia del juicio de amparo 487/2020-VII de fecha 21 de agosto dice: “Se sobresee en el juicio de amparo promovido por Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, contra los actos de la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, precisados en el considerando segundo de este fallo, por los motivos expuestos en el considerando cuarto del mismo”.

El mismo documento indica que la Dirección de Notimex intentó impugnar la resolución de la JFCA que declara legalmente existente la huelga, mediante la ampliación de esta demanda, pero “fue desechada y consentido tal desechamiento por parte del quejoso, al no haber interpuesto en su contra el medio de defensa respectivo”.

Esto refrenda la legalidad y constitucionalidad de la huelga que este jueves cumple 189 días, en medio de la más severa emergencia sanitaria de la que se tenga registro en el país, de las inclemencias del tiempo.

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