Los ataques con ácido a mujeres, tanto en la Ciudad de México como en el resto del país, se han presentado con mayor frecuencia, y, a pesar de ello, así como a la gravedad del problema, autoridades judiciales y del sector salud no cuentan con registros oficiales sobre las agresiones, además de que las sustancias que utilizan los atacantes no están reguladas.
El propuso reformas al Código Penal Federal, a fin de que se imponga de 7 a 10 años de prisión a quien infiera una lesión que deje a la persona ofendida cicatriz en la cara, perpetuamente notable y la víctima tenga un vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, así como cuando la lesión fuese causada dolosamente utilizando ácidos, sustancias corrosivas, químicos o armas.
La iniciativa que promueve el legislador y es analizada en la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados, contempla que cuando el delito se cometa por razones de género, la pena aplicable sea de 11 a 15 años de prisión y en perjuicio de un menor de edad, de 12 a 18 años de cárcel.
Fundamentó que la venta de ácido a nivel federal no está regulada y se puede conseguir sin restricciones, incluso comprar por internet, a la vez que notificó que la Asociación Acid Surviviors Trust International (ASTI), señala que el ataque con estas sustancias tiene como finalidad desfigurar, marcar, lisiar o cegar a la víctima porque en pocas ocasiones se produce la muerte.
“Lamentablemente, en nuestro país hasta ahora no hay un registro sobre el número de víctimas de ataques con ácido, pues estas agresiones se clasifican como lesiones en general; incluso, en algunos casos han sido clasificadas como lesiones que tardan menos de 15 días en sanar, por lo que no son perseguidas penalmente”, declaró.
Explicó que cuando una persona es atacada con ácido, éste hace que la piel y el tejido de la carne se derritan, con una exposición, a menudo, de los huesos, los cuales llegan a disolverse.
Como consecuencia, los sobrevivientes enfrentan desfiguraciones permanentes y, por lo general, aislamiento social, devastando su autoestima y su bienestar psicológico.
Por lo que un sobreviviente necesita tratamiento médico especializado inmediato, santuario, cirugía reconstructiva, fisioterapia de seguimiento, asesoramiento y apoyo a largo plazo para reconstruir su vida, requiriendo a menudo requiere docenas de procedimientos quirúrgicos.
Villarreal García planteó adicionar el artículo 121 Bis de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para establecer el Registro Público Nacional de Agresores con Agentes Químicos, la cual sería la base de datos que, dentro del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública, contenga, administre y controle los registros de las personas por el delito de agresión mediante violencia con agentes químicos que sea cometido en el ámbito de la Federación o de las entidades federativas.
EG