Ciudad de México.- La reforma sobre el teletrabajo (home office) se publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor un día después, es decir, este 12 de enero del 2021.
Esta reforma implica cambios a la Ley Federal del Trabajo; sin embargo, no se aplicarán hasta 18 meses después, que es el periodo con el que cuenta el Gobierno federal para crear una Norma Oficial Mexicana que mandate las nuevas obligaciones.
De acuerdo con la nueva ley se establece que los patrones que incluyan esta forma de trabajo deberán de cumplir con obligaciones como: otorgar un contrato por escrito, además de otorgar todas las herramientas necesarias para que el trabajador desempeñe sus funciones desde su casa, así como el mantenimiento del equipo.
Además, los empleadores tendrán que llevar el registro de los insumos entregados a los empleados, en cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Los empleadores deberán contribuir con el pago de una parte proporcional del recibo de luz, así como de los servicios de telecomunicación (Internet).
También respetarán el derecho a la desconexión de los empleados al término de la jornada laboral.
Se establecerán los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de los empleados en la modalidad de home office.
La nueva ley establece que se tomará como home office las actividades que, en este contexto, utilicen las nuevas tecnologías de información y la comunicación.
¿Qué es el home office?
Se conoce como teletrabajo home office o trabajo a distancia a la actividad que se ejecuta para un patrón, pero desde el domicilio del trabajador o un local elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.
Con información de El Economista
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