Entra en vigor el aumento al salario mínimo y ajustes a impuestos

Pasó de 102.68 a 123.22 pesos diarios lo que representará un incremento de 20 por ciento

Patricia Carrasco| La Prensa

  · miércoles 1 de enero de 2020

Foto: Archivo

Los capitalinos van a recibir este 2020 con algunos ajustes a impuestos que se veían venir con la aprobación en octubre de la Miscelánea Fiscal 2020, donde se acordó el cambio en gravámenes para cigarros y refrescos. Además, entró el vigor el incremento a los salarios mínimos, el cual pasó de 102.68 a 123.22 pesos diarios lo que representará un incremento de 20 por ciento.

El aumento en cigarros y refrescos aplica en todo el país. En la capital mexicana y el Estado de México habrá aumentos en diversos bienes y servicios. También habrá multas a quien comercialice, distribuya o entregue bolsas de plástico que van de 42 mil a 168 mil pesos.

La licencia de manejo tipo A para conducir vehículos particulares y motocicletas pasa de 837.50 a 870.50 pesos, incremento del 3.5%.

La tipo A, para vehículos particulares y motocicletas, subirá de $754.50 a $870.50; la tipo B, para taxis, pasará de $937 a $1,081 por dos años, y de $1,410 a $1,627 por tres; finalmente, la tipo C, para transporte de pasajeros, incrementará de $1,358 a $1566.50 por dos años, y de $2,039 a $2,352 por tres.

Adicionalmente a los nuevos impuestos en CDMX 2020, la reposición o el refrendo de la tarjeta de circulación subirá de $317 a $329.50; en tanto que el retiro de la araña si al coche se le vence el parquímetro o se deja mal estacionado te costará $1,175 en 2020.

En cuanto a los trámites del Registro Civil, las actas de nacimiento pasarán de $375.50 a $390.50, y las de matrimonio, de $2,433.50 a $2,529.50.

En la Ciudad de México el pago de impuesto sobre tenencia, para vehículos de uso particular de hasta 15 pasajeros de modelos anteriores a 2002, se estableció en un mínimo de 363 pesos (para motores de cuatro cilindros) y un máximo de mil 355.80 pesos (motores de ocho o más cilindros). Un pago mínimo de 377.50 pesos (motores de cuatro cilindros) y un máximo de mil 409.30 pesos (motores de ocho o más cilindros).

Mientras que en el Estado de México, en diciembre se anunció que el transporte público en la entidad subirá dos pesos a partir del 1 de enero del 2020. El mínimo pasará de 10 a 12 pesos por persona.

Igualmente, el Mexibús y Mexicable también aumentarán sus tarifas en 2 pesos a partir del 1 enero. El incremento será de 7 a 9 pesos por persona.

Es importante recordar que el incremento al salario mínimo fue determinado a partir del salario de 2019, al cual se le adicionaron 14.67 por ciento, a través del llamado Monto Independiente de Recuperación (MIR), y al aplicar un incremento de 5.0 por ciento.

Las modificaciones al Código Fiscal de la CDMX, publicadas en la Gaceta oficial local del 23 de diciembre de 2020, señalan cambios en impuestos de bebidas alcohólicas, servicios de hospedaje, cobro de tenencia, entre otros. Los cambios, de acuerdo con el decreto del 23 de diciembre, entraron en vigor el 1 de enero de 2020.

En las bebidas alcohólicas: se añadió un impuesto de 4.5 por ciento a bebidas con contenido alcohólico. El gravamen será aplicado al producto de venta final.

El impuesto de 4.5 por ciento aplicará a las bebidas alcohólicas de entre 3 grados y hasta 55 grados, con excepción de la cerveza, el aguamiel, pulque y productos derivados de su fermentación.

En el caso de las apuestas: se aplicará una cuota del 10 por ciento a los montos totales que las personas gasten en juegos de apuestas y concursos. Hospedaje: en las reformas al Código Fiscal para 2019, se había aplicado una tasa de 3 por ciento al valor total recaudado por servicios de hospedaje.

Las modificaciones para 2020 destacan que ahora la tasa será de 3.5 por ciento; y para aplicaciones como Airbnb, que funcionan como intermediarios, la tasa será de 5 por ciento.

Estos aumentos, de acuerdo con el artículo 162 del Código Fiscal de la CDMX, los termina pagando la persona que se hospeda.

En todo el país, la cuota del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicable a bebidas saborizadas será de 1.2616 pesos por litro.

En cigarros: la cuota aplicable a tabacos labrados será de 0.4944 pesos por cigarro. Si tomamos en cuenta una cajetilla de 20 cigarros, sería una cuota de 9.888 pesos.


Salario Mínimo

El salario mínimo vigente tiene un aumento global de 20 por ciento, el mayor en términos reales en los últimos 40 años, informó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

En la Zona Libre de la Frontera Norte pasará de 176.72 pesos vigentes a 185.56 pesos diarios en 2020, cuyo monto se alcanzó después de aplicar un aumento de 5.0 por ciento.