/ jueves 27 de abril de 2017

Crean refugios para mujeres que son víctimas de violencia

La Prensa en Línea

México.- La Comisión de Igualdad de Género, que preside ladiputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), aprobó diversasreformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Librede Violencia, a fin de establecer el marco legal bajo el cualoperarán los refugios para mujeres agredidas o violentadas y que,en muchas ocasiones junto a sus hijos, buscan un hogartemporal.

Establece que será obligación del Estado promover laalternativa de vivienda provisional para las víctimas y, en sucaso, a sus hijas e hijos, así como promover opciones en materialaboral para las víctimas residentes a fin de que puedan conservarsu empleo.

Precisa que corresponde a la Secretaría de Gobernación (Segob)impulsar la creación de refugios para las víctimas, conforme almodelo de atención aprobado; por su parte, la Secretaría deDesarrollo Social (Sedesol) brindará información para el acceso aprogramas sociales y de proyectos productivos a las residentes delos refugios.

Señala que la Secretaría de Educación Pública promoverá, encoordinación con las autoridades educativas de las entidadesfederativas, la atención de las víctimas y sus hijas e hijosresidentes de estos sitios para que concluyan la educación básicay media superior, así como diseñar y difundir materialeseducativos que promuevan el respeto a los derechos humanos, laigualdad y la no discriminación, la perspectiva de género, laprevención y atención de la violencia contra las mujeres.

Puntualiza que la Secretaría del Trabajo y Previsión Socialllevará a cabo programas de capacitación laboral, además quedotará de la información y apoyo para inscribirse en la bolsa detrabajo del Servicio Nacional de Empleo.

Además, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial yUrbano brindará información para facilitar el acceso a programassociales a las residentes de los refugios.

Destaca que será trabajo de los refugios proporcionar atenciónintegral a las víctimas y a sus hijas e hijos, coadyuvar en elresguardo y seguridad de las personas que se encuentren dentro delos mismos, dotar a las víctimas de los servicios necesarios parasu recuperación física y psicológica, además de promover sureinserción plena en la vida pública, social y privada.

Además vincularán a las víctimas con las dependenciasencargadas de prestar asesoría jurídica gratuita, y brindaráninformación y orientación a las víctimas sobre las opciones quetienen, para que tomen libremente decisiones sobre su proyecto devida.

Enfatiza que los refugios son espacios seguros y confidencialesen donde se ofrecen servicios gratuitos de protección y atenciónintegral especializada a las víctimas y, en su caso, a sus hijas ehijos, a fin de salvaguardar su integridad física y psicológica.La ubicación de los refugios y los datos de las personasresidentes serán privados y no podrán proporcionarse a ningunapersona salvo mandato judicial.

Aclara que la permanencia de las víctimas en estos centros nopodrá ser mayor a tres meses, a excepción de que persista lasituación de riesgo que motivó su ingreso al refugio, susituación física o psicológica así lo demande o se encuentresujeta a un trámite migratorio.

Además, el ingreso de las víctimas será voluntario y conconsentimiento informado. En caso de las niñas y adolescentes quesufran de violencia familiar o de género, podrán ingresar consolicitud firmada por la madre, padre, tutor o de quienes ejerzanla patria potestad, tutela o guarda y custodia o petición de laProcuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños yAdolescentes, de las Procuradurías de Protección de las EntidadesFederativas o del Juez Competente y en situaciones de emergencia apetición del Ministerio Público.

La Prensa en Línea

México.- La Comisión de Igualdad de Género, que preside ladiputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), aprobó diversasreformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Librede Violencia, a fin de establecer el marco legal bajo el cualoperarán los refugios para mujeres agredidas o violentadas y que,en muchas ocasiones junto a sus hijos, buscan un hogartemporal.

Establece que será obligación del Estado promover laalternativa de vivienda provisional para las víctimas y, en sucaso, a sus hijas e hijos, así como promover opciones en materialaboral para las víctimas residentes a fin de que puedan conservarsu empleo.

Precisa que corresponde a la Secretaría de Gobernación (Segob)impulsar la creación de refugios para las víctimas, conforme almodelo de atención aprobado; por su parte, la Secretaría deDesarrollo Social (Sedesol) brindará información para el acceso aprogramas sociales y de proyectos productivos a las residentes delos refugios.

Señala que la Secretaría de Educación Pública promoverá, encoordinación con las autoridades educativas de las entidadesfederativas, la atención de las víctimas y sus hijas e hijosresidentes de estos sitios para que concluyan la educación básicay media superior, así como diseñar y difundir materialeseducativos que promuevan el respeto a los derechos humanos, laigualdad y la no discriminación, la perspectiva de género, laprevención y atención de la violencia contra las mujeres.

Puntualiza que la Secretaría del Trabajo y Previsión Socialllevará a cabo programas de capacitación laboral, además quedotará de la información y apoyo para inscribirse en la bolsa detrabajo del Servicio Nacional de Empleo.

Además, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial yUrbano brindará información para facilitar el acceso a programassociales a las residentes de los refugios.

Destaca que será trabajo de los refugios proporcionar atenciónintegral a las víctimas y a sus hijas e hijos, coadyuvar en elresguardo y seguridad de las personas que se encuentren dentro delos mismos, dotar a las víctimas de los servicios necesarios parasu recuperación física y psicológica, además de promover sureinserción plena en la vida pública, social y privada.

Además vincularán a las víctimas con las dependenciasencargadas de prestar asesoría jurídica gratuita, y brindaráninformación y orientación a las víctimas sobre las opciones quetienen, para que tomen libremente decisiones sobre su proyecto devida.

Enfatiza que los refugios son espacios seguros y confidencialesen donde se ofrecen servicios gratuitos de protección y atenciónintegral especializada a las víctimas y, en su caso, a sus hijas ehijos, a fin de salvaguardar su integridad física y psicológica.La ubicación de los refugios y los datos de las personasresidentes serán privados y no podrán proporcionarse a ningunapersona salvo mandato judicial.

Aclara que la permanencia de las víctimas en estos centros nopodrá ser mayor a tres meses, a excepción de que persista lasituación de riesgo que motivó su ingreso al refugio, susituación física o psicológica así lo demande o se encuentresujeta a un trámite migratorio.

Además, el ingreso de las víctimas será voluntario y conconsentimiento informado. En caso de las niñas y adolescentes quesufran de violencia familiar o de género, podrán ingresar consolicitud firmada por la madre, padre, tutor o de quienes ejerzanla patria potestad, tutela o guarda y custodia o petición de laProcuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños yAdolescentes, de las Procuradurías de Protección de las EntidadesFederativas o del Juez Competente y en situaciones de emergencia apetición del Ministerio Público.

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