CDHCM: crisis sanitaria hace más visible desigualdad en la crianza

Eidencia la crisis y el riesgo para las mujeres, impactando diferenciada y nuevamente en su salud

Patricia Carrasco | La Prensa

  · domingo 31 de mayo de 2020

Imagen ilustrativa tomada de la web

La emergencia sanitaria hace aún más visible las condiciones desiguales en el cuidado, la crianza y las labores domésticas, y evidencia la crisis y el riesgo para las mujeres, impactando diferenciada y nuevamente en su salud, tal como lo ha sido en el ejercicio de otros derechos, manifestó la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández.

Por ello se pronunció por la necesidad de erradicar la desigualdad estructural en las tareas de cuidado por medio de una legislación general en la materia, que perfile una política pública con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos y transversalidad en los ámbitos laborales, de seguridad social, salud y educación.

Al participar en la Mesa 2 de las “Audiencias Públicas sobre las propuestas hacia un Sistema Nacional de Cuidados”, convocada de forma virtual por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, celebró la pertinencia de acelerar los esfuerzos para garantizar el derecho al cuidado y priorizarlo como un asunto de interés público, en particular, en el contexto de emergencia sanitaria por COVID-19.

En el marco del encuentro, se reconoció la importancia de la iniciativa de modificación constitucional para incorporar el Derecho al cuidado, por parte de la Cámara de Diputados.

La Presidenta de la CDHCM resaltó los retos derivados de una modificación constitucional para garantizar el Derecho al cuidado, tales como la necesaria publicación de una Ley General del Sistema Nacional de Cuidados y la armonización legislativa en materia laboral, seguridad social, igualdad entre hombres y mujeres, salud, entre otras.

Tenemos que ampliar la visión del cuidado, remunerados o no, como una responsabilidad de todas y todos, como parte de la condición humana, que debe proveerse o recibirse en ciertos momentos de la vida de las personas.

Ramírez Hernández enfatizó que el Sistema Nacional de Cuidados debe garantizar tanto los derechos de quien recibe cuidados como de quienes los proveen.

Al ser la Constitución Política de la CDMX el primer texto constitucional en reconocer el derecho al cuidado, ésta puede representar un referente importante ante la Reforma Federal y la legislación general que le siga.

El Derecho al cuidado, destacó, no sólo se reconoce en el Artículo 9, sino que su contenido está distribuido en otros que se refieren al derecho a los apoyos para las familias cuidadoras y a los derechos laborales de las personas que realizan esos trabajos, así como también se reconoce el valor social de éstos.

Para el Sistema Nacional de Cuidados, “las instituciones garantes de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en especial de Seguridad Social, Trabajo y Salud, deben diseñar esquemas para la provisión, con una necesaria perspectiva de género”, apuntó.

Destacó que la CDHCM se suma a los esfuerzos legislativos para la transformación estructural de la sociedad.

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