Va la Ley de Amnistía en el Estado de México contra abusos del sistema judicial

Las cárceles no tendrán más en sus celdas a mujeres que hayan sido procedas injustamente

Rubén Pérez | La Prensa

  · miércoles 30 de diciembre de 2020

Foto especial | Presidente de la comisión legislativa de protección civil del Congreso mexiquense, Max Agustín Correa Hernández

Estado de México.- Con la nueva Ley de Amnistía en el Estado de México, las cárceles no tendrán más en sus celdas a mujeres que hayan sido procedas injustamente por aborto ni a delincuentes primarios, recluidos por delitos patrimoniales como el robo, además de que no habrá más indígenas que hayan sido llevados a prisión por defender sus tierras, y en general ninguna persona vulnerable, con violaciones en procesos y derechos humanos. Tal afirmó el presidente de la comisión legislativa de protección civil del Congreso mexiquense, Max Agustín Correa Hernández, quien manifestó en entrevista con LA PRENSA que este nuevo ordenamiento legal terminará con toda una gama de abusos cometidos por el sistema de procuración de justicia de la entidad.

Promotor de una de las cuatro iniciativas presentadas en la materia para integrar la nueva Ley de Amnistía, la cual fue aprobada por la Cámara de Diputados del Estado de México, luego de más de seis meses de discusiones con parlamento abierto, el legislador aseguró que este instrumento jurídico favorecerá a grupos vulnerables y víctimas de malos procesos judiciales.

Advirtió que la Ley de Amnistía no beneficiará a quienes hayan sido reincidentes en delitos ni tampoco a personas que hayan atentado contra la vida, la libertad o la integridad personal.

“Se busca proteger a las víctimas y evitar revictimización como parte de una estrategia para fortalecer la seguridad y la justicia”, puntualizó el diputado al ser cuestionado sobre los segmentos de reclusos que estarían siendo beneficiados por el nuevo ordenamiento.

Explicó que ciertamente el Sistema de Corte Acusatorio ha generado una cantidad considerable de víctimas, sobre todo en contra de personas en situación de vulnerabilidad, particularmente pobreza.

“Con esta Ley establecemos las bases para decretar amnistía en favor de las personas contra quienes se haya judicializado alguna investigación, ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia ante los tribunales del Estado de México; para quienes hayan cometido algunos de los delitos establecidos en la presente ley y no se encuentren bajo los supuestos de excepción, así como establecer el procedimiento y las obligaciones de las autoridades a quienes corresponde su aplicación”, agregó.

Aseguró que todo esto se logró, luego de que en la etapa de análisis de las cuatro iniciativas presentadas en el seno del Congreso mexiquense por partidos y ciudadanos, se favoreció la práctica del parlamento abierto.

“Se promovió una amplia participación ciudadana mediante la realización de foros de consulta públicos en los que intervinieron la sociedad en general, organizaciones vinculadas con la materia, profesionales, académicos y servidores públicos de los poderes ejecutivo y judicial”.

Agregó que los alcances de esta figura jurídica conllevan propósitos sociales para favorecer la concordia y la armonía de la comunidad, y permite subsanar las deficiencias e injusticias presentes en múltiples casos ventilados ante el Sistema de Justicia, sobre todo por condiciones de marginación.

“Se busca fomentar que personas sin antecedentes delictivos que cometieron delitos con bajas penalidades o que fueron forzados a cometerlos, puedan solicitar su liberación, convirtiéndose así en una adecuada liberación consecuente con la racionalidad y la naturaleza que subyace en los derechos humanos”, dijo el legislador de Morena.

Finalmente, comentó que la Ley de Amnistía incluye la creación de una comisión legislativa especial que dará seguimiento a lo ordenado en dicha ley, y atenderá los casos que por su relevancia sean puestos a su consideración por medio de organismos defensores de derechos humanos pero que encuadren en supuestos de violaciones a derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio, o por la plena presunción de fabricación de delitos.

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