Va el PAN por celebrar matrimonios civiles vía virtual

Propuso regularlo a través de cambios al Código Civil de la Ciudad de México

Arturo R. Pansza | LA PRENSA

  · jueves 4 de febrero de 2021

Regular las bodas civiles virtuales, a través de cambios al Código Civil de la Ciudad de México, propuso la fracción parlamentaria del PAN en el Congreso capitalino, al reconocer que en la materia se tiene un gran vacío normativo, no solo a nivel local sino nacional.

Durante la sesión ordinaria del Poder Legislativo de la metrópoli, el diputado Jorge Triana Tena sostuvo que es preciso facultar a los notarios públicos para realizar matrimonios vía virtual, con base en nuevos pilares normativos, ante el escenario de distanciamiento y confinamiento social a causa de la pandemia provocada por el Covid-19.

“Proponemos reformas al Código Civil para establecer que el matrimonio celebrado de forma remota, tendrá la misma validez jurídica que el de manera presencial”, refirió.

Señaló que esto se ha implementado ya en muchos países, donde se celebran bodas virtuales y México tiene un enorme vacío normativo para esta actividad.

Al fundamentar su iniciativa que presentó en la sesión vía remota, sostuvo que “de un solo golpe”, en este momento legisladores, jueces, litigantes, académicos y sociedad en general, ha buscado la forma de echar mano de las herramientas tecnológicas para formalizar legalmente los actos jurídicos a distancia.

Dijo que la propuesta consiste en el reconocimiento expreso a la realidad de adecuar la tecnología a la vida cotidiana, a partir de la emergencia sanitaria que se vive.

“Hoy, el único impedimento para no celebrar matrimonios a distancia por medios remotos o a través de un Notario Público, es que el derecho no lo ha regulado”, sentenció.

Triana Tena estuvo a favor de modificar la Ley del Notariado, a efecto de otorgarle al Notario Público facultades de Juez del Registro Civil, únicamente en lo que respecta a la celebración de matrimonios, así como el derecho a Jefes de las Oficinas Consulares para ejercer funciones de Juez de Registro Civil y, estar en posibilidades de levantar actas de nacimiento, matrimonio, divorcio, entre otros, para los connacionales en el extranjero.