Para participar en las diversas romerías que se llevan a cabo en el Centro Histórico de la Ciudad de México, la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Ordenamiento de Vía Pública de la Secretaría de Gobierno dio a conocer a la población cuáles son los procedimientos.
Para llevar a cabo la actividad comercial temporal con motivo de las diversas festividades en el Centro Histórico, se debe iniciar el trámite por lo menos con 21 días hábiles antes del comienzo de las romerías.
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Para la primera romería del Día del Niño se recibieron en suma 13 solicitudes, de las cuales sólo se aprobaron dos, una con un total de 20 puestos, diez estarán ubicados en calle Mesones, frente a la Plaza Mesones 123; los otros diez cambiaran de giro por el Día del Niño y se localizarán en calle Academia. Todos estarán en un espacio de 1.20 metros de ancho por 1.50 de largo, de 10:00 a 18:00 horas.
El primer paso es ingresar un escrito a la subsecretaría con nombre y domicilio de los interesados, así como los artículos que se pretenden vender, los días que se llevará a cabo, un croquis y dimensiones que se solicita, además de las características del puesto que se utilizará.
El escrito debe ser acompañado por copias simples de la solicitud y proyecto presentado a la dependencia.
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En la solicitud deberá especificarse si se requiere un ayudante o sustituto temporal, de ser así se debe anexar en original (para cotejo) y copia simple de acta de nacimiento o identificación oficial con fotografía y comprobante de domicilio.
Una vez ingresado el escrito con todos los requerimientos necesarios, la subsecretaría tendrá un plazo de 10 días hábiles para emitir una respuesta, ya que se analizará que dicha petición no afecte el tránsito peatonal o vehicular, que no presente riesgo en materia de protección civil y que en todo momento se salvaguarde el patrimonio histórico, cultural y artístico de la capital.
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Asimismo, se puntualiza que se dará prioridad a personas que pertenezcan a algún grupo vulnerable.
De ser aceptado, se realizar un pago ante la Tesorería de la CDMX que se establece en el artículo 304 del Código Fiscal de la capital, y una vez realizado, debe entregarse copia del pago efectuado para que sea anexado al expediente.
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