A fin de incentivar la verificación vehicular, la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina, a través de la Dirección General de Calidad del Aire, informó sobre la ampliación del calendario de verificación dependiendo el color del engomado.
A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se estableció que se podrá ampliar el período para verificar por un término de 15 días naturales, siempre y cuando la verificación se realice en el mismo centro de verificación vehicular, bajo los siguientes supuestos:
Haber verificado por primera vez durante la última semana del periodo de verificación y haber obtenido un rechazo.
Si no es posible verificar por la existencia de multas al Reglamento de Tránsito con sanción económica, siempre que las mismas ya hayan sido solventadas, pero que su pago no esté reflejado en el portal de consulta de adeudos (SAF o ADIP) durante la última semana del periodo.
Si al presentarse a verificar durante la última semana del período se tiene penalización por puntos a matrícula (sanciones cívicas en el portal de Foto Cívicas), y ameritan cursos presenciales o trabajo comunitario.
La ampliación para cada periodo se sujeta al siguiente calendario:
- Para el engomado color amarillo con último dígito numérico de placa de circulación 5 o 6 la fecha límite para verificar es al 15 de marzo
- Para la calcomanía rosa con terminación 7 y 8 al 15 de abril
- Rojo con terminación 3 o 4 es al 15 de mayo
- Color verde con terminación 1 o 2 al 15 de junio y
- Azul con terminación 9 o 0 al 15 de julio
Si al presentarse a verificar se tiene penalización por puntos a matrícula (sanciones cívicas en el portal de Foto Cívicas) que requieran realizar un curso en línea, y no es aprobado.
En este último caso, el centro de verificación vehicular deberá imprimir y proporcionar al ciudadano la consulta del adeudo en la que se observe que existe el mismo. Una vez que el ciudadano haya solventado sus sanciones durante el transcurso de la ampliación de 15 días, el centro deberá corroborar que el portal de adeudos se ha actualizado, para lo cual, se deberá imprimir nuevamente la consulta. Todas las consultas deberán integrarse al expediente respectivo.
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El propietario o poseedor del vehículo que requiera realizar un curso en línea en ese momento, podrá solicitarlo y una vez eliminado el bloqueo, solicitar verificar su vehículo.
El propietario o legal poseedor del vehículo podrá acudir a verificar durante la ampliación de 15 días, presentando las consultas impresas que indiquen que contaba con adeudos (económicas o cívicas) durante la última semana del periodo de verificación, así́ como con la consulta que indique que fueron solventadas. Para este caso, el centro deberá prestar el servicio una vez que corrobore las consultas. La documentación deberá integrarse al expediente respectivo.
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