Este martes podrán reanudar en toda la Ciudad, los establecimientos mercantiles que comercializan vehículos automotores nuevos o usados.
Lo anterior siempre y cuando los titulares o responsables de estos establecimientos cumplan de manera estricta las medidas generales de protección a la salud, así como las específicas establecidas en los Lineamientos de medidas de protección a la salud que deberá cumplir los comercios con más de 5 empleados para reanudar actividades hacia un regreso seguro a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México.
Por lo que aquellos interesados en reabrir deben registrar su actividad económica para cumplir con las medidas sanitarias de protección a la salud e incorporarse al Sistema para identificación de contagios en espacios cerrados.
De acuerdo con los Lineamientos o medidas de protección a la salud el aforo máximo permitido será del 20% con un horario de atención al público de 10:00 a 18:00 horas.
Únicamente permitirán el acceso a una persona adulta por familia o grupo, a menos de que se acompañe por un menor, persona mayor o con discapacidad.
Además, el uso de cubrebocas es obligatorio en todo momento para el personal y asistentes durante su permanencia en las instalaciones además de que en la entrada se deben colocar dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol.
Se bebe privilegiar la ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con inyección de un mínimo de 40% del exterior. La recirculación del aire al interior de los inmuebles está prohibida. Se deberá realizar frecuentemente la desinfección y limpieza de filtros.
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Además de colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura para el ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5 grados centígrados además se debe garantizar la sana distancia de 1.5 metros entre personas.
Así como desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto y en las así áreas de uso común, además de habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida.
Aquéllos que cuenten con una plantilla presencial de 100 o más personas por cada centro de trabajo, deberán realizar a su costa y de manera quincenal, pruebas rápidas de antígeno, o bien, en RT-PCR de reacción en cadena de la polimerasa, para la detección del virus SARS-CoV-2, mismas que deberán ser aplicadas en los laboratorios clínicos o lugares autorizados para realizar pruebas COVID-19 en la Ciudad de México, a por lo menos el 10% de la totalidad de dicha plantilla.
E implementar el “Sistema para la identificación de Espacios Cerrados QR” y en caso de que algún empleado tenga temperatura mayor a 37.5° C deberán autorizarles 15 días de resguardo domiciliario, así como aquéllos con los que tuvo contacto estrecho.
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