Para algunas personas es incómodo llegar a casa y que no puedan pasar o ingresar su auto al garaje, pero es más molesto andar buscando de quién es el auto y que a veces los vecinos o sus visitas hagan como que no es de ellos.
Se sabe que la calle es libre y te puedes estacionar sin problema, pero existe la regla de respetar rampas, entradas de garaje y obvio dejar un espacio para que pueda ingresar a su casa si es que no cuenta con garaje.
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Lamentablemente algunas personas no tienen la cultura cívica y pedirles que te den permiso de ingresar a tu hogar les molesta o simplemente hacen como que no conocen el vehículo para no moverlo.
Pero solo podemos actuar si se estacionan en la entrada, si no la obstruyen, no se puede reclamar nada a menos que dejen abandonado el auto fuera de tu hogar.
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¿Dónde puedo hacer mi denuncia?
Puedes reportarlo por medio de redes sociales o en la línea telefónica (520 89 898) de la Unidad de Contacto de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (UCS).
Otra opción es llamar a Locatel, donde atienden tu denuncia las 24 horas del día en el número 56 58 11 11.
El número de emergencia 911 también está disponible para este tipo de denuncias o puedes enviar una solicitud por escrito al Sistema Único de Atención al Ciudadano (SUAC).
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Sanciones
Los reglamentos de tránsito y de los municipios indican que ningún coche particular se puede estacionar en entradas o salidas de bienes inmuebles o propiedades privadas
Si un conductor se estaciona frente a tu entrada, primero deberás solicitarle que retire su vehículo; sin embargo, si no quiere o no lo encuentras, comunicarse con personal de tránsito para que apliquen la multa correspondiente y llamen a una grúa para que retiren el vehículo.
Por lo que, si tu vecino o cualquier persona externa a tu casa llega infringir esta norma, e incluso si tú como conductor no acatas esto, la ley establece que podrías adquirir una multa que va desde 10, 15 a 20 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) que es equivalente a pagar entre 962 y mil 924 pesos.
Y si hay un letrero de no estacionarse sólo se podrán estacionar a siete metros y medio a partir de la guarnición de la vía transversal; seis metros de la entrada de una estación de bomberos y de vehículos de emergencia; y en un espacio de 25 metros a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella.
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