Publican reformas a la ley de educación física y deporte en la CDMX

Se reformaron diversos artículos y fracciones de la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federa

Hilda Escalona / La Prensa

  · domingo 5 de diciembre de 2021

Foto: Cuartoscuro / Rogelio Morales

Se reformaron diversos artículos y fracciones de la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal, en donde se destaca que el órgano rector de la política deportiva en la capital del país será el Instituto del Deporte de la Ciudad de México (INDEPORTE), órgano que estará a cargo del Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México.

Así lo publicó el Gobierno capitalino a través de un decreto que se dio a conocer por medio de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México donde la Jefatura de Gobierno informó que el INDEPORTE contará con el Consejo del Deporte de la Ciudad de México, que fungirá como órgano consultivo y de propuesta, y estará presidido por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, quien se reunirá de forma ordinaria cada mes con el resto de los integrantes del Consejo; o bien, podrá ser sustituida por el director del Instituto (Javier Hidalgo Ponce), quien fungirá como secretario.

Y se dio a conocer que el Consejo del Deporte de la Ciudad de México también estará integrado por uno de sus miembros, quien tomará la Presidencia; un representante de organismos para personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad; los 16 titulares de la dirección del área deportiva de cada una de las alcaldías; y un representante de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.

El Consejo tendrá la función de asesorar y proponer a la Jefa de Gobierno, los mecanismos de consulta con los sectores sociales, con el fin de expandir la cultura física y deportiva al mayor número de habitantes de la Ciudad de México, así como proponer criterios para fomentar el apoyo y los estímulos para la activación física, el deporte y la recreación.

Y se menciona que el INDEPORTE tendrá la facultad de efectuar el Programa de Becas para los Deportistas sobresalientes, activos o retirados; un Programa de Becas para los deportistas considerados como nuevos valores, otorgados por acuerdo del Consejo del Deporte de la Ciudad de México; así como de formular programas de apoyo y fomento del deporte entre personas con discapacidad y niñas, niños y adolescentes, primordialmente aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad y/o en zonas de marginación.

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Y quedó establecido que INDEPORTE también tendrá la obligación de efectuar verificaciones anuales a las instalaciones deportivas de la Ciudad de México con el fin de que se encuentren en óptimas condiciones de uso.

Pero además promoverá la constitución del Fondo de Apoyo para Deportistas de Alto Rendimiento mediante un fideicomiso que se constituya para tal efecto, con la participación de los sectores público, social y privado. Este tipo de atletas podrán ser valorados para la obtención de puestos de trabajo en los diferentes órganos administrativos de la Ciudad de México relacionados con la actividad deportiva.

Y quedó estableció que las instalaciones deportivas de los Órganos Político-Administrativos de cada una de las alcaldías, deberán realizar las adecuaciones arquitectónicas para la práctica del deporte adaptado que realizan las personas con discapacidad, por lo que dichos órganos deberán contemplar presupuestos anuales necesarios para cumplir con estas adaptaciones.

Y se comunica que los deportistas profesionales capitalinos que sean susceptibles de ostentar la representación local o nacional podrán formar parte del Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México, que está integrado por autoridades, unidades administrativas, organismos e instituciones públicas y privadas, sociedades y asociaciones de carácter local.

Sobre los incentivos a los integrantes del Sistema, se reafirma el apoyo logístico a aquellas competencias que se organicen previo informe del Instituto del Deporte de la Ciudad de México y del Órgano Político-Administrativo de la Alcaldía correspondiente. El apoyo logístico se otorgará de acuerdo con la suficiencia presupuestal con que se cuente.

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