Para que la población esté mejor preparada para enfrentar el Covid-19 y alguna otra situación en materia de salud que se presente, la fracción parlamentaria del PRI en el Congreso de la Ciudad de México, promueve cambios a la Ley de Establecimientos Mercantiles de la capital, que den lugar a garantizar que se cumplan las medidas de prevención que determinen las autoridades cuando esté vigente una emergencia sanitaria.
Dentro de las reformas se determina que procederá la suspensión temporal de actividades en contra de los establecimientos que no acaten las medidas impuestas por el gobierno de la Ciudad de México, en caso de declaración de emergencia sanitaria.
El coordinador de la diputación priísta, Ernesto Alarcón Jiménez, al hacer uso de la tribuna del recinto de Donceles y Allende, expuso que es necesario vencer la pandemia por el Covid-19, pero también el que los capitalinos se encuentren con la suficiente preparación para enfrentar posibles situaciones que generen efectos similares.
Al presentar la iniciativa correspondiente, turnada a la Comisión de Administración Pública Local del Congreso con opinión de la de Salud, delineó que se mantiene la emergencia en materia de salud y las medidas de seguridad para disminuir los riesgos de contagio continuarán por un tiempo indeterminado, por lo que es preciso tomar las previsiones necesarias.
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Dio cuenta a los legisladores de diversos partidos que la propuesta, que incluye sustituir la denominación de la actual Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal por Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, propone reformas los artículos 10 fracciones VII, IX, X; 28 y 73 fracción II.
Los cambios irían dirigidos a que los titulares de los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal, deberán acatar las medidas que establezcan las autoridades del gobierno de la Ciudad de México en caso de declaración de emergencia sanitaria, procurando siempre el bienestar colectivo de los usuarios.
Asimismo, los propietarios de los establecimientos deberán prohibir el acceso a los usuarios que no cumplan con las medidas sanitarias establecidas por las autoridades del gobierno de la Ciudad de México.
También tendrán la obligación de solicitar a los usuarios que se encuentren dentro de las instalaciones, el cumplimiento debido de las medidas sanitarias; en caso de negativa, los exhortarán a que abandonen el establecimiento y ante una segunda negativa, solicitarán el auxilio de Seguridad Pública.
Dentro del documento se establece que los establecimientos mercantiles con un aforo mayor a 50 personas, entre clientes y empleados, deberán instalar bebederos o estaciones con agua potable, baños y estaciones de limpieza de manos, con libre uso, así como mantener los lugares sanitizados.
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