El hackeo y robo de identidad que se registra en la Ciudad de México, van dirigidos a llevar a cabo estafas, mismas que se han incrementado en un 54 por ciento en relación al 2020.
Por lo anterior, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso de la Ciudad de México, Nazario Norberto Sánchez, promueve que se sancione ese tipo de delitos hasta con 16 años de prisión.
Con el objetivo de enfrentar eficazmente las nuevas formas en las que se comete el delito de usurpación de identidad y la violación de las comunicaciones privadas y el hackeo, el integrante de la bancada de Morena en el recinto de Donceles y Allende, presentó una iniciativa que impone al infractor penas que van de 1 a 16 años de cárcel.
En entrevista, el congresista morenista expuso que la propuesta pretende adicionar dos disposiciones, la primera un artículo 211 Ter al Código Penal local para agravar hasta en tres cuartas partes al que sin el permiso de quien legalmente deba otorgarlo y haciendo uso de tecnologías de la información, programas informáticos, software, hardware y cualquier otro medio tecnológico, por sí o por interpósita persona, usurpe la identidad de una persona; es decir que las penas para este delito con la agravante que se proponen serán de 1 año 9 meses a 8 años 9 meses de prisión.
Al explicar su iniciativa que se turnó a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso para su análisis y dictamen, detalló que al mismo tiempo, también se adiciona una agravante al artículo 334 para el delito de violación de la comunicación privada, porque no necesariamente pueden robar las cuentas de whatsapp, o cualquiera otra aplicación para robar una identidad sino para obtener información.
En ese artículo se establece que las penas se incrementarán hasta en una tercera parte cuando haciendo uso de tecnologías de la información, programas informáticos, software, hardware y cualquier otro medio tecnológico, por sí o por interpósita persona acceda, desbloquee o intervenga teléfonos celulares o cualquier dispositivo de comunicación, aplicaciones electrónicas o equipos de cómputo sin el consentimiento de la persona que legalmente pueda otorgarlo.
“De tal manera que las penas quedarían a quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le impondrán de 2 años 8 meses a 10 años 8 meses de prisión, y a quien revele, divulgue, utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le impondrán de 4 a 16 años 4 meses de prisión”, delineó.
No olvides seguirnos en Google Noticias para mantenerte informado
Nazario Norberto mencionó que según datos del Consejo Económico y Social de la ONU, la usurpación de identidad es el delito de más rápido crecimiento en el mundo, sin que existan acciones legislativas eficientes y que atiendan a los usos y costumbres.
Abundó que el Banco de México señala que desde 2019 el país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este ilícito porque en 67 por ciento de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, en un 63 por el robo de carteras y portafolios, y en 53 por ciento por información tomada directamente de una tarjeta bancaria.
Señaló que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y la Asociación de Bancos de México (ABM), han difundido que los casos de robo de identidad, a través de la suplantación de páginas digitales de las instituciones financieras han tenido un crecimiento importante y son las personas adultas mayores las más vulnerables.
Lo anterior en virtud de que el registro de reclamaciones por este tipo de fraudes fue de 49 mil 871 en 2021, lo que representa el 1 por ciento del total de las quejas registradas en ese año; no obstante, representa un incremento del 54 por ciento sobre este tipo de estafa, con relación al año 2020.
Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem