La fracción parlamentaria de Morena en el Congreso de la Ciudad de México presentó una iniciativa para endurecer las sanciones por la obstrucción de las vías de comunicación y medios de transporte, para lo cual es necesario modificar el Código Penal.
Al hacer uso de la tribuna, la diputada morenista Martha Soledad Ávila Ventura, destacó que se plantea incrementar las sanciones cuando el sujeto activo sea una persona servidora pública que se encuentre a cargo de la vigilancia o prestación directa del servicio de transporte público.
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Endurecer las penas
Delineó que se prevé supuestos para endurecer las penas a cualquier persona que ocasione la pérdida de la vida o un daño a la integridad física o salud de los usuarios.
Aseguró que, de esa manera, el grupo mayoritario en el recinto de Donceles y Allende atiende la necesidad de tomar acciones legislativas orientadas a favorecer la seguridad de los ciudadanos, así como el buen funcionamiento del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro.
Expuso que, ante los incidentes atípicos registrados recientemente en Metro, se presenta la iniciativa tendiente a endurecer las sanciones previstas en el Código Penal del Distrito Federal en materia de ataques a las vías de comunicación y a los medios de transporte.
Asimismo, prevé supuestos para endurecer las penas a cualquier persona que ocasione la pérdida de la vida o un daño a la integridad física o salud de las y los usuarios.
“Esta iniciativa tiene como finalidad el disuadir y sancionar la comisión de las conductas que pongan en riesgo la operación del Metro y, con ello, proteger la integridad y la vida de todas las personas habitantes, vecinas y transeúntes de la capital”, declaró.
Se sugiere que en el artículo 138 se estipule que el homicidio y lesiones son calificadas cuando se cometan con ventaja, traición, alevosía, retribución, por el medio empleado, saña, en estado de alteración voluntaria u odio.
Especificarán los medios empleados
En la fracción V se especificará que por los medios empleados: se causen por inundación, incendio, minas, bombas o explosivos, así como por envenenamiento, asfixia, tormento, por disparo de arma de fuego o por medio de cualquier otra sustancia nociva para la salud o como producto de ataques a las vías de comunicación de algún medio local de transporte de pasajeros.
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Mientras que el artículo 331 señalaría que se impondrán de tres a siete años de prisión y de trescientos a ocho mil veces la unidad de medida y actualización vigente, a quien en caso de que este delito se cometa dolosamente por una persona servidora pública que se encuentre a cargo de la vigilancia y/o relacionada con la prestación del servicio de transporte público, las vías de transmisión de energía o cualquier elemento que forme parte de la prestación el servicio.
Ávila Ventura se refirió al trabajo del gobierno de la Ciudad de México para el mantenimiento y atención a los trenes, vías y demás elementos que sirven para garantizar el servicio del Metro, y para lo cual destina importantes recursos económicos. En el caso del presente ejercicio 2023 se asignaron al Servicio de Transporte Colectivo casi 19 mil millones de pesos.
Sin embargo, “a pesar de los incansables esfuerzos para mantener el orden y funcionalidad de dicho sistema, se han detectado incidentes atípicos e intencionales que provocan fallas y desperfectos en este medio de transporte; estos eventos ponen en peligro, no solo la operación del servicio, sino también la seguridad e integridad personal de los usuarios”, precisó.