/ lunes 29 de julio de 2024

Vivienda en CDMX: ¿Cuáles son las reformas para frenar el aumento excesivo a las rentas?

El gobierno capitalino sugiere que las rentas no podrán aumentar más allá de la inflación del año transcurrido, establecer un registro digital de los contratos de arrendamiento y establecer una política pública de construcción de vivienda para renta.

A fin de frenar el aumento excesivo de la renta en la vivienda, el Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama presentó una serie de reformas que enviará este lunes o a más tardar el martes al Congreso capitalino para su aprobación en esta legislatura.

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Dicha iniciativa establece que las rentas no podrán aumentar más allá de la inflación del año transcurrido, establecer un registro digital de los contratos de arrendamiento y establecer una política pública de construcción de vivienda para renta.

“A partir de estas medidas podemos contundir que no siga este aumento incesante en el costo de los precios de la vivienda en renta que ha ido mucho más allá del índice inflacionario”.

Batres Guadarrama mencionó que lo que lo que están planteando existe ya en varias de las grandes ciudades del mundo como en Nueva York, Berlín, Paris, Madrid y se trata de medidas para que la Ciudad de México sea generosa con las familias de más bajos recursos y se puedan proteger los derechos a vivir en la capital y esas reformas permitirán que la Ciudad de consolide como competitiva a nivel global.

En conferencia de prensa, el mandarín detalló que el fenómeno de las rentas excesivas ha afectado a más de un millón de personas que son arrendatarias de una vivienda, así como a las comunidades donde viven.

“Además, genera especulación inmobiliaria, gentrificación y expulsión, son algunos de los efectos que se han generado a partir de los aumentos desmedidos de las rentas”.

Foto: Cortesía Gobierno CDMX

Modificaciones a la Ley de Vivienda

A la Ley de Vivienda para la Ciudad de México de propone modificar en el Artículo 1 Fracción XVII, garantizar la producción pública de vivienda en arrendamiento asequible personas de menores ingresos por parte del Gobierno de la Ciudad de México y el Artículo 59, que el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaria y/o el Instituto, deberá fomentar la vivienda en arrendamiento asequible, mediante esquemas y programas dirigidos a la población vulnerable, en situación de pobreza y de menores ingresos.

El Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 2448 D se propone sustituir un párrafo que diga para los efectos de este capítulo la renta deberá estipularse en moneda nacional y solo podrá ser aumentada anualmente. El incremento de la renta nunca será mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior, respecto de la cantidad pactada como renta mensual.

Y al Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 2448F se propone establecer un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata, a cargo del Gobierno de la Ciudad de México y para tales efectos el arrendador deberá realizar dicho registro en un plazo no mayor a 30 días de celebrado el contrato.

El registro al que se refiere el párrafo anterior se regirá de conformidad con los criterios de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Foto: Cortesía Gobierno CDMX

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem

A fin de frenar el aumento excesivo de la renta en la vivienda, el Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama presentó una serie de reformas que enviará este lunes o a más tardar el martes al Congreso capitalino para su aprobación en esta legislatura.

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Dicha iniciativa establece que las rentas no podrán aumentar más allá de la inflación del año transcurrido, establecer un registro digital de los contratos de arrendamiento y establecer una política pública de construcción de vivienda para renta.

“A partir de estas medidas podemos contundir que no siga este aumento incesante en el costo de los precios de la vivienda en renta que ha ido mucho más allá del índice inflacionario”.

Batres Guadarrama mencionó que lo que lo que están planteando existe ya en varias de las grandes ciudades del mundo como en Nueva York, Berlín, Paris, Madrid y se trata de medidas para que la Ciudad de México sea generosa con las familias de más bajos recursos y se puedan proteger los derechos a vivir en la capital y esas reformas permitirán que la Ciudad de consolide como competitiva a nivel global.

En conferencia de prensa, el mandarín detalló que el fenómeno de las rentas excesivas ha afectado a más de un millón de personas que son arrendatarias de una vivienda, así como a las comunidades donde viven.

“Además, genera especulación inmobiliaria, gentrificación y expulsión, son algunos de los efectos que se han generado a partir de los aumentos desmedidos de las rentas”.

Foto: Cortesía Gobierno CDMX

Modificaciones a la Ley de Vivienda

A la Ley de Vivienda para la Ciudad de México de propone modificar en el Artículo 1 Fracción XVII, garantizar la producción pública de vivienda en arrendamiento asequible personas de menores ingresos por parte del Gobierno de la Ciudad de México y el Artículo 59, que el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaria y/o el Instituto, deberá fomentar la vivienda en arrendamiento asequible, mediante esquemas y programas dirigidos a la población vulnerable, en situación de pobreza y de menores ingresos.

El Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 2448 D se propone sustituir un párrafo que diga para los efectos de este capítulo la renta deberá estipularse en moneda nacional y solo podrá ser aumentada anualmente. El incremento de la renta nunca será mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior, respecto de la cantidad pactada como renta mensual.

Y al Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 2448F se propone establecer un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata, a cargo del Gobierno de la Ciudad de México y para tales efectos el arrendador deberá realizar dicho registro en un plazo no mayor a 30 días de celebrado el contrato.

El registro al que se refiere el párrafo anterior se regirá de conformidad con los criterios de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Foto: Cortesía Gobierno CDMX

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