Policía Auxiliar arranca proceso de reclutamiento, selección o ingresos de personal

La Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, es responsable de conocer, substanciar, resolver u otorgar el servicio a que se refiere el presente aviso

Hilda Escalona | La Prensa

  · miércoles 20 de abril de 2022

Foto Cuartoscuro

La Secretaría de Seguridad Ciudadana emitió el aviso por el que se da a conocer el proceso de reclutamiento, selección e ingreso de personal operativo de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México en el registró eléctrico de trámites y servicios de la capital del país.

La Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, es responsable de conocer, substanciar, resolver u otorgar el servicio a que se refiere el presente aviso, en los términos y condiciones en el que fue inscrito en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México y como aparece en el portal.

Y se aclara que los trámites y servicios, no podrán modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativo.

Este procedimiento tiene por objeto establecer las bases, principios, procedimientos e instrumentos para la implementación de la política de Mejora Regulatoria en la Ciudad de México.

Y se trata de establecer la obligación de los Sujetos Obligados, en el ámbito de su competencia, de implementar la Política de Mejora Regulatoria; establecer los instrumentos, herramientas, acciones y procedimientos de Mejora Regulatoria; establecer las obligaciones de los Sujetos Obligados para facilitar los Trámites y la obtención de Servicios, incluyendo el uso de tecnologías de la información y comunicaciones; y fomentar y promover el uso de tecnologías de la información y comunicaciones que faciliten la Mejora Regulatoria.

El Registro Electrónico de Trámites y Servicios, es la herramienta tecnológica que compila los Trámites y Servicios de los Sujetos Obligados, con el objeto de otorgar seguridad jurídica a las personas, dar transparencia, facilitar el cumplimiento regulatorio, así como fomentar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones; que tendrá carácter público y la información que contenga será vinculante para los Sujetos Obligados; asimismo, que la inscripción y actualización de Trámites y Servicios es de carácter permanente y obligatorio para todos los Sujetos Obligados. Señala adicionalmente que, la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México tiene la facultad de administrar y operar la Plataforma Digital del Registro.

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Se trata de sistematizar los procesos de inscripción, modificación, actualización o baja de los Trámites y Servicios y sus formatos de solicitud de los Sujetos Obligados y evitar la discrecionalidad, difundir elementos de aplicación como fundamento jurídico, requisitos, costos, ubicación de áreas de atención, formatos homologados, entre otros elementos desarrollados en dicha Ley.

Además el Registro Electrónico de Trámites y Servicios contará con un portal digital (CDMX-Trámites y Servicios), como el único canal oficial de difusión y consulta de los Trámites y Servicios con su formato de solicitud, mismo que deberá ser actualizado de manera permanente por la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

El Trámite o Servicio deberá presentarse mediante formato, escrito libre, ambos o podrá solicitarse por otros medios.

Que el artículo 44 de la Norma señalada, indica que los trámites, servicios y formatos de solicitud que se inscriban en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios surtirán sus efectos jurídicos una vez que se publiquen en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

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