El integrante de la fracción parlamentaria del PRI en el Congreso de la Ciudad de México, Fausto Manuel Zamorano Esparza, promueve castigar con prisión de cuatro a seis años y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) que van de los 51 mil 800 a los 103 mil 740 pesos, a quien altere imágenes con inteligencia artificial que vulneren la intimidad sexual de las mujeres.
Mediante una iniciativa que presentó ante el pleno del recinto de Donceles y Allende, se mostró a favor de adicionar la fracción III al artículo 181 quintus del Código Penal para el Distrito Federal, en la que expuso que la inteligencia artificial se ha convertido en una parte integral de la vida cotidiana de los capitalinos, al mejorar la eficiencia, la comodidad y la personalización en una amplia gama de aplicaciones.
Refirió que su impacto aún crecerá a medida que la tecnología avance y se aplique en nuevos campos, sin embargo, aceptó que su adopción y desarrollo también conlleva riesgos y desafíos significativos.
El congresista priísta aludió que la inteligencia artificial puede utilizarse para crear imágenes falsas que parecen auténticas, lo que implica el riesgo de difundir información errónea o falsa que vulnere el derecho a la intimidad sexual de las personas y tenga graves consecuencias psicológicas para las víctimas.
Sostuvo que este tipo de alteraciones puede dar lugar a la creación de contenido malicioso, como las llamadas deep fakes, un tipo de contenido audiovisual manipulado que reemplaza el rostro de una persona en una imagen o video existente, con el rostro de otra persona, a menudo de manera realista y difícil de detectar.
Zamorano Esparza indicó que los deepfakes que afectan la intimidad sexual de las mujeres, no sólo son una invasión flagrante de la privacidad, sino que también representan una forma de violencia de género, y violencia digital, que puede tener consecuencias devastadoras en la vida de las víctimas, con graves repercusiones físicas, psicológicas y sociales.
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En su propuesta, el diputado local del Revolucionario Institucional pugna porque en la fracción III del artículo 181 quintus, se establezca que comete el delito contra la intimidad sexual “ quien haga uso de la inteligencia artificial para crear, exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento, a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico”.
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También, aclaró, a quien cometa este delito, se le impondrá una pena de cuatro a seis años de prisión y multa de quinientas a mil Unidades de medida y Actualización.
La Iniciativa del representante popular del tricolor se turnó para su análisis y dictamen a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, con opinión de la Comisión de Igualdad de Género.
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