/ miércoles 4 de mayo de 2022

Personas privadas de su libertad recibirán ayuda económica por hacer actividades

Esta acción nace como una necesidad de aquellas personas privadas de su libertad que realizaban actividades productivas al interior de los Centros Penitenciarios

La Secretaría de Seguridad Ciudadana emitió el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Social “Atención Prioritaria a Personas de Centros Penitenciarios (Atención a personas privadas de su libertad en Programas de Capacitación y Actividades Productivas)”.

El objetivo es otorgar ayuda económica a las personas privadas de su libertad que participen en las actividades tales como; panadería, tortillería, sastrería o costura, lavandería, purificación de agua, producción de pintura, serigrafía, asesores educativos, promotores culturales, deportivos, pública utilidad y huertos urbanos entre otros.

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La Acción social inicia con la entrega de cuando menos 649 ayudas económicas mensuales, fijando como meta o resultado esperado un incremento promedio del 5% mensual, las cuales sumadas al total de ayudas económicas entregadas dan un total anual de 7,788 ayudas económicas dentro de la presente Acción social.

Esta acción nace como una necesidad de aquellas personas privadas de su libertad que realizaban actividades productivas al interior de los Centros Penitenciarios sin incentivo determinado; por lo que con la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 08 de marzo de 2019, a partir del 1° de enero del 2019, en esta acción social reciben ayuda económica de manera equitativa conforme a las actividades que desarrollan y al número de horas que ocupan para dichas actividades en los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, beneficiando a un promedio aproximado de 700 personas pyrivadas de la libertad.

Ese número se ha sostenido desde su inicio y de manera mensual con las variaciones por cambio de situación jurídica o por libertades e incluyendo a partir de enero de 2020 las actividades de la vacunación utilidad pública.

La Acción social inicia con la entrega de cuando menos 649 ayudas económicas mensuales, fijando como meta o resultado esperado un incremento promedio del 5% mensual, las cuales sumadas al total de ayudas económicas entregadas dan un total anual de 7,788 ayudas económicas dentro de la presente Acción social.

Mediante oficio No. SSC/OM/DGF/1189/2022 de fecha 25 de marzo de 2022, suscrito por el C.P. Héctor Gabriel García Torres, Director General de Finanzas en la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, informa que la Subsecretaría de Egresos a través del Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), registró el movimiento de Afectación Presupuestaria Compensada número A 11 C0 01 1139 asignado a la Partida 4412 por un monto de 2 millones 100 pesos para el pago de Ayudas Sociales a personas u hogares de escasos recursos, correspondientes al primer trimestre de enero a marzo de 2022, presupuesto autorizado para la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, Acción Social denominada “Atención Prioritaria a Personas de Centros Penitenciarios (Atención a Personas Privadas de su Libertad en programase de Capacitación y Actividades Productivas).

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Con esta partida se entregará ayuda económica quincenal a un mínimo de 649 personas privadas de su libertad, las cuales dan un total anual de 7,788 ayudas económicas dentro de la presente Acción Social, sin embargo existe variación en el número de horas, toda vez que las actividades se realizan en un número distinto de horas de acuerdo a la actividad desarrollada, ejerciendo un gasto de 666 mil 666 mensuales aproximadamente.

El cálculo de la ayuda económica se realizará por cada hora laborada en base al salario Mínimo General Vigente de la Ciudad de México, tomando en consideración 10 días mensuales con cuatro horas de actividad como mínimo por turno, lo cual equivale a 40 horas mensuales de actividad productiva que a razón de 21.60 por hora suma un pago mínimo por 864 pesos mensuales de ayuda económica por cada persona privada de su libertad siempre y cuando cubran las 40 horas mensuales, sin embargo el pago de ayuda económica será variable de acuerdo a la actividad desarrollada, toda vez que las diversas actividades no se desarrollan en un mismo número de horas.

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La Secretaría de Seguridad Ciudadana emitió el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Social “Atención Prioritaria a Personas de Centros Penitenciarios (Atención a personas privadas de su libertad en Programas de Capacitación y Actividades Productivas)”.

El objetivo es otorgar ayuda económica a las personas privadas de su libertad que participen en las actividades tales como; panadería, tortillería, sastrería o costura, lavandería, purificación de agua, producción de pintura, serigrafía, asesores educativos, promotores culturales, deportivos, pública utilidad y huertos urbanos entre otros.

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La Acción social inicia con la entrega de cuando menos 649 ayudas económicas mensuales, fijando como meta o resultado esperado un incremento promedio del 5% mensual, las cuales sumadas al total de ayudas económicas entregadas dan un total anual de 7,788 ayudas económicas dentro de la presente Acción social.

Esta acción nace como una necesidad de aquellas personas privadas de su libertad que realizaban actividades productivas al interior de los Centros Penitenciarios sin incentivo determinado; por lo que con la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 08 de marzo de 2019, a partir del 1° de enero del 2019, en esta acción social reciben ayuda económica de manera equitativa conforme a las actividades que desarrollan y al número de horas que ocupan para dichas actividades en los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, beneficiando a un promedio aproximado de 700 personas pyrivadas de la libertad.

Ese número se ha sostenido desde su inicio y de manera mensual con las variaciones por cambio de situación jurídica o por libertades e incluyendo a partir de enero de 2020 las actividades de la vacunación utilidad pública.

La Acción social inicia con la entrega de cuando menos 649 ayudas económicas mensuales, fijando como meta o resultado esperado un incremento promedio del 5% mensual, las cuales sumadas al total de ayudas económicas entregadas dan un total anual de 7,788 ayudas económicas dentro de la presente Acción social.

Mediante oficio No. SSC/OM/DGF/1189/2022 de fecha 25 de marzo de 2022, suscrito por el C.P. Héctor Gabriel García Torres, Director General de Finanzas en la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, informa que la Subsecretaría de Egresos a través del Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), registró el movimiento de Afectación Presupuestaria Compensada número A 11 C0 01 1139 asignado a la Partida 4412 por un monto de 2 millones 100 pesos para el pago de Ayudas Sociales a personas u hogares de escasos recursos, correspondientes al primer trimestre de enero a marzo de 2022, presupuesto autorizado para la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, Acción Social denominada “Atención Prioritaria a Personas de Centros Penitenciarios (Atención a Personas Privadas de su Libertad en programase de Capacitación y Actividades Productivas).

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Con esta partida se entregará ayuda económica quincenal a un mínimo de 649 personas privadas de su libertad, las cuales dan un total anual de 7,788 ayudas económicas dentro de la presente Acción Social, sin embargo existe variación en el número de horas, toda vez que las actividades se realizan en un número distinto de horas de acuerdo a la actividad desarrollada, ejerciendo un gasto de 666 mil 666 mensuales aproximadamente.

El cálculo de la ayuda económica se realizará por cada hora laborada en base al salario Mínimo General Vigente de la Ciudad de México, tomando en consideración 10 días mensuales con cuatro horas de actividad como mínimo por turno, lo cual equivale a 40 horas mensuales de actividad productiva que a razón de 21.60 por hora suma un pago mínimo por 864 pesos mensuales de ayuda económica por cada persona privada de su libertad siempre y cuando cubran las 40 horas mensuales, sin embargo el pago de ayuda económica será variable de acuerdo a la actividad desarrollada, toda vez que las diversas actividades no se desarrollan en un mismo número de horas.

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