/ jueves 20 de abril de 2023

Personas privadas de la libertad recibirán mil 37 pesos al mes por trabajar 40 horas

Los reclusos tendrán que trabajar al menos 4 horas al día

La Secretaría de Seguridad Ciudadana dio a conocer los Lineamientos de operación de la acción social “Atención a personas privadas de la libertad en los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, que participan en actividades productivas y programas de capacitación”, para el ejercicio fiscal 2023.

La Acción Social inicia con la entrega de 649 ayudas económicas mensuales, fijando como meta o resultado esperado un incremento promedio del 5% mensual, las cuales sumadas al total de ayudas económicas entregadas dan un total anual de 7,788 dentro de la presente Acción Socia.

El cálculo de la ayuda económica se realizará por cada hora laborada con base al salario Mínimo General Vigente de la Ciudad de México, tomando en consideración 10 días mensuales con cuatro horas de actividad como mínimo por turno, lo cual equivale a 40 horas mensuales de actividad productiva que a razón de 25.93 pesos por hora suma un pago mínimo por $1,037.20 mensuales por cada persona privada de su libertad siempre y cuando cubran las 40 horas mensuales, sin embargo, el pago de la ayuda económica será variable de acuerdo a la actividad desarrollada, toda vez que las diversas actividades no se desarrollan en un mismo número de horas.

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El programa está dirigido a apoyar económicamente a través de la partida presupuestal 4412 a personas privadas de la libertad en los diferentes Centros Penitenciarios, beneficiando a quienes realizan diversas actividades.

Lo anterior debido a que las personas privadas de su libertad no reciben un salario por concepto de las actividades que desarrollan, sino que derivado de la capacitación recibida para aprender y perfeccionar sus habilidades en un oficio, reciben una constancia que acredita la capacitación proporcionada por esta Institución, así como un apoyo económico.

La acción social será coordinada por la autoridad penitenciaria a través de la cuenta para la administración de las ganancias o salarios que obtengan las personas privadas de la libertad con motivo del trabajo.

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Debido a la realización de actividades en favor de los Centros Penitenciarios, el Gobierno de la Ciudad de México garantiza los servicios de producción de pan blanco y tortilla, producción de productos textiles, purificación de agua, lavandería, peluquería, servicios de capacitación y servicios generales para consumo y beneficio de la población privada de la libertad.

La Población objetivo son todas y cada una de las personas privadas de su libertad de los diferentes Centros Penitenciarios de la Ciudad de México que soliciten participar en los diversos servicios que el Gobierno de la Ciudad de México proporciona a toda persona privada de su libertad en los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, para los cuales requiere contratar a personal especializado para proporcionar dichos servicios, sin embargo a través de la partida presupuestal 4412 se da la oportunidad a la población privada de su libertad interesada en participar en la realización de servicios, por lo que deben cumplir con los requisitos de selección para realizar alguna actividad productiva en beneficio de la misma población privada de su libertad y del Centro Penitenciario.

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Y se aclara que el apoyo económico no es permanente, toda vez que será rotatorio para apoyar y beneficiar a toda persona privada de su libertad interesada en recibir apoyo económico por su actividad productiva en estricto apego a los presentes Lineamientos de aplicación general.

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Hasta el 4 de diciembre de 2022 la población privada de la libertad en los diferentes Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, consta de 25,639 personas de las cuales la población beneficiaria es de un mínimo de 649 ayudas.

Dentro de los presentes Lineamientos de Operación se encuentran considerados facilitadores de servicios, toda vez que cuentan con los conocimientos suficientes para proporcionar capacitación incentivada a través de cursos y talleres en los cuales incorporan un mayor número de personas usuarias finales que presten determinados servicios a la población privada de la libertad en los diferentes Centros Penitenciarios, tales como actividades de Capacitación para el trabajo, asesores educativos, promotores culturales, deportivos y huertos urbanos entre otros.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem

La Secretaría de Seguridad Ciudadana dio a conocer los Lineamientos de operación de la acción social “Atención a personas privadas de la libertad en los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, que participan en actividades productivas y programas de capacitación”, para el ejercicio fiscal 2023.

La Acción Social inicia con la entrega de 649 ayudas económicas mensuales, fijando como meta o resultado esperado un incremento promedio del 5% mensual, las cuales sumadas al total de ayudas económicas entregadas dan un total anual de 7,788 dentro de la presente Acción Socia.

El cálculo de la ayuda económica se realizará por cada hora laborada con base al salario Mínimo General Vigente de la Ciudad de México, tomando en consideración 10 días mensuales con cuatro horas de actividad como mínimo por turno, lo cual equivale a 40 horas mensuales de actividad productiva que a razón de 25.93 pesos por hora suma un pago mínimo por $1,037.20 mensuales por cada persona privada de su libertad siempre y cuando cubran las 40 horas mensuales, sin embargo, el pago de la ayuda económica será variable de acuerdo a la actividad desarrollada, toda vez que las diversas actividades no se desarrollan en un mismo número de horas.

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El programa está dirigido a apoyar económicamente a través de la partida presupuestal 4412 a personas privadas de la libertad en los diferentes Centros Penitenciarios, beneficiando a quienes realizan diversas actividades.

Lo anterior debido a que las personas privadas de su libertad no reciben un salario por concepto de las actividades que desarrollan, sino que derivado de la capacitación recibida para aprender y perfeccionar sus habilidades en un oficio, reciben una constancia que acredita la capacitación proporcionada por esta Institución, así como un apoyo económico.

La acción social será coordinada por la autoridad penitenciaria a través de la cuenta para la administración de las ganancias o salarios que obtengan las personas privadas de la libertad con motivo del trabajo.

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La Población objetivo son todas y cada una de las personas privadas de su libertad de los diferentes Centros Penitenciarios de la Ciudad de México que soliciten participar en los diversos servicios que el Gobierno de la Ciudad de México proporciona a toda persona privada de su libertad en los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, para los cuales requiere contratar a personal especializado para proporcionar dichos servicios, sin embargo a través de la partida presupuestal 4412 se da la oportunidad a la población privada de su libertad interesada en participar en la realización de servicios, por lo que deben cumplir con los requisitos de selección para realizar alguna actividad productiva en beneficio de la misma población privada de su libertad y del Centro Penitenciario.

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