/ lunes 9 de enero de 2017

Muerte digna, avance en el derecho mundial: Diego Valadés

La Prensa en línea

Ciudad de México, 9 de Enero.- La Constitución de la Ciudad deMéxico es innovadora porque establece explícitamente el derecho ala muerte digna; hace una aportación sustancial a la normatividaden la materia y al constitucionalismo a nivel mundial, afirmó elacadémico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM,Diego Valadés.

El exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Naciónexpuso que el concepto de muerte digna adoptado es el más amplioque hay hasta el momento en el orbe, pues señala la posibilidad desolicitar el suicidio asistido no sólo por enfermedad terminal,sino también por padecimientos que afecten la dignidad de laspersonas, como pueden ser el Alzheimer o la tetraplejia.

“Es un paso importante, crucial en la legislación mexicana y,en general, en América Latina. Falta todavía la aprobación finalde esta Carta Magna y después, la Asamblea Legislativa tendrá queproducir la reglamentación de este precepto que dé totalseguridad a la aplicación de la medida”, explicó.

El pasado 3 de enero la Asamblea Constituyente de la Ciudad deMéxico aprobó que en la Constitución local se incluya el derechoa la muerte digna, con lo cual los capitalinos podrán suspender,si así lo deciden, tratamientos o procedimientos médicos queprolonguen su vida cuando se encuentren en estado terminal.

El documento también establece como derecho fundamental quetodas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidades paravivir con dignidad. Y la vida digna contiene implícitamente elderecho a una muerte digna.

“Tiene que reglamentarse para evitar distorsiones y garantizarque el ejercicio del derecho a la muerte digna ocurra con totalseguridad para la sociedad y las personas que lo ejercen. Hay quever las legislaciones que ya se tienen en Estados Unidos y Europa.Son protocolos rigurosos que implican una diversidad de opiniones,y de órganos que supervisen que cada caso realmente corresponda ala voluntad de quien solicita el apoyo, y que las condiciones desalud justifiquen esa solicitud y decisión”, agregóValadés.

En Estados Unidos, prosiguió, hay leyes sobre la eutanasia enWashington, Oregón y California; también en los Países Bajos, enBélgica, Francia, Alemania y España, mientras que en GranBretaña se sigue discutiendo. En Italia hay una fuerte oposiciónpor parte de la Iglesia católica.

En América Latina existen criterios jurisprudencialesimportantes que permiten la aplicación de la eutanasia en Colombiay Perú. En Uruguay se contemplan sanciones bajas para quienesapoyan a pacientes que desean el suicidio asistido.

“En general, el horizonte que se presenta en América Latinase ve enriquecido con esta aportación que hace la AsambleaConstituyente de la Ciudad de México. Significa un avance muyimportante en el constitucionalismo mundial”, concluyó elinvestigador de la UNAM.

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Ciudad de México, 9 de Enero.- La Constitución de la Ciudad deMéxico es innovadora porque establece explícitamente el derecho ala muerte digna; hace una aportación sustancial a la normatividaden la materia y al constitucionalismo a nivel mundial, afirmó elacadémico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM,Diego Valadés.

El exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Naciónexpuso que el concepto de muerte digna adoptado es el más amplioque hay hasta el momento en el orbe, pues señala la posibilidad desolicitar el suicidio asistido no sólo por enfermedad terminal,sino también por padecimientos que afecten la dignidad de laspersonas, como pueden ser el Alzheimer o la tetraplejia.

“Es un paso importante, crucial en la legislación mexicana y,en general, en América Latina. Falta todavía la aprobación finalde esta Carta Magna y después, la Asamblea Legislativa tendrá queproducir la reglamentación de este precepto que dé totalseguridad a la aplicación de la medida”, explicó.

El pasado 3 de enero la Asamblea Constituyente de la Ciudad deMéxico aprobó que en la Constitución local se incluya el derechoa la muerte digna, con lo cual los capitalinos podrán suspender,si así lo deciden, tratamientos o procedimientos médicos queprolonguen su vida cuando se encuentren en estado terminal.

El documento también establece como derecho fundamental quetodas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidades paravivir con dignidad. Y la vida digna contiene implícitamente elderecho a una muerte digna.

“Tiene que reglamentarse para evitar distorsiones y garantizarque el ejercicio del derecho a la muerte digna ocurra con totalseguridad para la sociedad y las personas que lo ejercen. Hay quever las legislaciones que ya se tienen en Estados Unidos y Europa.Son protocolos rigurosos que implican una diversidad de opiniones,y de órganos que supervisen que cada caso realmente corresponda ala voluntad de quien solicita el apoyo, y que las condiciones desalud justifiquen esa solicitud y decisión”, agregóValadés.

En Estados Unidos, prosiguió, hay leyes sobre la eutanasia enWashington, Oregón y California; también en los Países Bajos, enBélgica, Francia, Alemania y España, mientras que en GranBretaña se sigue discutiendo. En Italia hay una fuerte oposiciónpor parte de la Iglesia católica.

En América Latina existen criterios jurisprudencialesimportantes que permiten la aplicación de la eutanasia en Colombiay Perú. En Uruguay se contemplan sanciones bajas para quienesapoyan a pacientes que desean el suicidio asistido.

“En general, el horizonte que se presenta en América Latinase ve enriquecido con esta aportación que hace la AsambleaConstituyente de la Ciudad de México. Significa un avance muyimportante en el constitucionalismo mundial”, concluyó elinvestigador de la UNAM.

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