/ viernes 10 de septiembre de 2021

Metro debe informar sobre modernización de subestaciones de la Línea 1

El STC Metro restringió el acceso a la información solicitada, al señalar que la misma se encontraba clasificada como reservada por estar relacionada con un juicio de nulidad en trámite

El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro fue requerido por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO), a dar pormenores sobre la contratación para la modernización de las subestaciones de la Línea 1.

A decir de la de la comisionada del órgano garante, Marina San Martín, la información relacionada con las contrataciones públicas ayuda a rendir cuentas y, debe estar disponible en los portales de obligaciones de transparencia, para que las personas puedan conocer cómo es la toma de decisiones públicas y se ejerce el gasto público, al tiempo que detalló que la Línea 1 del Metro es una de las más rápidas del mundo y cuenta con 20 estaciones que prestan servicio aproximadamente a 22 millones de pasajeros diariamente.

Al respecto, el pleno del instituto, en relación recurso de revisión INFOCDMX-RR.IP.0964/2021 a cargo de San Martín, pidió al STC Metro entregue el número del procedimiento y el contrato del Proyecto Integral de Modernización de la Subestación Buen Tono y subestaciones rectificadoras de la Línea 1.

Resulta que una persona solicitó a los responsables de ese medio de transporte, el número del procedimiento y el contrato para la modernización de las subestaciones.

El sujeto obligado, en este caso el Metro, restringió el acceso a la información solicitada, al señalar que la misma se encontraba clasificada como reservada por estar relacionada con un juicio de nulidad en trámite, lo que motivó a que el solicitante acudiera ante este Instituto a interponer un recurso de revisión.

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La comisionada Marina San Martín, en su exposición, destacó que la resolución refleja un criterio importante para la apertura de información, porque si bien existe un juicio en desarrollo, el número del procedimiento y el contrato solicitados es información que fue generada de manera previa a su inicio; además, es de naturaleza pública porque forma parte del catálogo de obligaciones de transparencia de dicho organismo.

Para dimensionar el caso, se refirió a la importancia de la Línea 1 del Metro, en la red de ese medio de transporte público.

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El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro fue requerido por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO), a dar pormenores sobre la contratación para la modernización de las subestaciones de la Línea 1.

A decir de la de la comisionada del órgano garante, Marina San Martín, la información relacionada con las contrataciones públicas ayuda a rendir cuentas y, debe estar disponible en los portales de obligaciones de transparencia, para que las personas puedan conocer cómo es la toma de decisiones públicas y se ejerce el gasto público, al tiempo que detalló que la Línea 1 del Metro es una de las más rápidas del mundo y cuenta con 20 estaciones que prestan servicio aproximadamente a 22 millones de pasajeros diariamente.

Al respecto, el pleno del instituto, en relación recurso de revisión INFOCDMX-RR.IP.0964/2021 a cargo de San Martín, pidió al STC Metro entregue el número del procedimiento y el contrato del Proyecto Integral de Modernización de la Subestación Buen Tono y subestaciones rectificadoras de la Línea 1.

Resulta que una persona solicitó a los responsables de ese medio de transporte, el número del procedimiento y el contrato para la modernización de las subestaciones.

El sujeto obligado, en este caso el Metro, restringió el acceso a la información solicitada, al señalar que la misma se encontraba clasificada como reservada por estar relacionada con un juicio de nulidad en trámite, lo que motivó a que el solicitante acudiera ante este Instituto a interponer un recurso de revisión.

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La comisionada Marina San Martín, en su exposición, destacó que la resolución refleja un criterio importante para la apertura de información, porque si bien existe un juicio en desarrollo, el número del procedimiento y el contrato solicitados es información que fue generada de manera previa a su inicio; además, es de naturaleza pública porque forma parte del catálogo de obligaciones de transparencia de dicho organismo.

Para dimensionar el caso, se refirió a la importancia de la Línea 1 del Metro, en la red de ese medio de transporte público.

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