La Organización civil Documenta, análisis y acción para la justicia social A.C. presentó ante la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México este 30 de marzo, una solicitud de preliberación de personas privadas de la libertad en centros de reclusión para garantizar su derecho a la salud e integridad ante la crisis sanitaria por Covid-19.
Se trata de una solicitud de preliberación por política penitenciaria, con base en el artículo 146 de la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) que contempla que la autoridad penitenciaria, con opinión de la Procuraduría, podrá solicitar al Poder Judicial la conmutación de pena, liberación condicionada o liberación anticipada de personas sentenciadas.
Esta medida podrá aplicar a personas privadas de la libertad que no hayan cometido delitos con violencia o que ameriten prisión preventiva oficiosa y que 1. tengan penas menores a 5 años, 2. sean personas mayores, 3. tengan una enfermedad crónico-degenerativa o terminal, 4. puedan recibir amnistía por parte del Estado o 6. cuyo encarcelamiento no contribuya más a la reinserción social o prevención de reincidencia.
La solicitud de Documenta contempla su aplicación en los 13 penales de la capital, con una población aproximada de 24,850 personas privadas de la libertad, es decir, los centros de ejecución Varonil Norte y Oriente; el centro varonil Santa Martha Acatitla; los centros femeniles Santa Martha Acatitla y Tepepan; los centros varoniles de Rehabilitación Psicosocial (CEVAREPSI) y de seguridad penitenciaria I y II, la Institución Abierta Casa de Medio Camino, la Penitenciaría del Distrito Federal y los reclusorios preventivos varoniles Norte, Oriente y Sur.
En sus observaciones finales a México más recientes, el Comité de Derechos Humanos de la ONU destacó que los centros penitenciarios tienen como característica principal el hacinamiento y sobrepoblación, mientras que el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2019 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señala múltiples carencias en centros penitenciarios en la Ciudad de México, como falta de atención a la salud, falta de instalaciones apropiadas, sobrepoblación, violaciones a una estancia digna, insuficiencia de personal, ingobernabilidad y autogobierno y otras violaciones sistemáticas a derechos humanos.
Ante la emergencia internacional por el Covid-19 la ejecución de la medida solicitada por nuestra organización garantizaría la protección los derechos humanos de las personas en reclusión, combatiría el hacinamiento que podría derivar en un contagio masivo y sería una señal de atención al llamado de la Alta Comisionada de la ONU, Michelle Bachelet, que el 25 de marzo señaló en un comunicado la urgente necesidad de atender de forma integral y transparente a poblaciones en situación de extrema vulnerabilidad y llamó examinar la manera de poner en libertad a personas especialmente vulnerables ante el Covid-19.
A nivel internacional en países como Irán, Estados Unidos, Afganistán, Etiopía y Colombia esta medida ha sido tomada -con sus propias particularidades- atendiendo a la necesidad de evitar o reducir contagios, hechos violentos y muertes en penales por Covid-19.
Mientras tanto, países como Brasil, Perú, Chile, Argentina, Sri Lanka y Tailandia han registrado contagios, motines, fugas, protestas y muertes ante la falta de información, medidas especiales en centros de reclusión y protección de los derechos de personas privadas de la libertad.
La organización hizo un llamado urgente a las autoridades penitenciarias de la capital a ejecutar la solicitud presentada por esta organización, haciendo uso de las herramientas de las que disponen para proteger los derechos de las personas privadas de la libertad en el contexto mundial de la crisis por el COVID-19.
JLP