IMSS implementa medidas de protección ante contingencia por Covid-10

El servicio de guarderías se mantendrá para personal de la salud que realiza funciones esenciales

Andrea Pérez | La Prensa

  · viernes 20 de marzo de 2020

Ante la contingencia por coronavirus, el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, y el secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), Arturo Olivares Cerda, acordaron implementar medidas que permitan salvaguardar la salud y seguridad de sus trabajadores, al tiempo de dar continuidad a las actividades y mantener el funcionamiento del Seguro Social.

Por medio de un comunicado, las máximas autoridades del IMSS y del Sindicato establecieron una serie de lineamientos como medidas preventivas y de responsabilidad, que comenzarán a operar a partir del 23 de marzo.

Los trabajadores con mayor riesgo de complicaciones en caso de infección por COVID-19 podrán desempeñar sus funciones desde su domicilio, esto es personal de 65 años o más; mujeres embarazadas o en etapa de lactancia; aquellos con padecimientos crónico degenerativos: enfermedades cardiovasculares descompensadas, de tipo pulmonar, en riñón e hígado y diabetes mellitus descontrolada. También personas que viven con VIH, que tengan inmunosupresión, con obesidad mórbida y quienes presenten enfermedades respiratorias que hayan sido observadas en su jornada laboral.

El servicio de guarderías se mantendrá para personal de la salud que realiza funciones esenciales y se reforzará el filtro de entrada con un médico general. Se procurará que las trabajadoras y trabajadores con hijos menores de 12 años de edad en etapa escolar y/o que tengan alguna discapacidad, realicen sus actividades en casa.

Se suspende la capacitación presencial para personal activo y de nuevo ingreso; sólo será considerada la capacitación en línea que proporcione conocimientos teóricos y prácticos necesarios para comprender la epidemia y evitar su propagación y contagio. Para ello, se facilitarán los medios necesarios para la capacitación con el uso de medios electrónicos para la comunicación de educación en salud.

Las reuniones de trabajo serán de 20 personas como máximo, en áreas ventiladas y se debe garantizar un espacio de un metro de distancia entre cada personal; en caso de utilizar elevadores, estos deberán de ocuparse a la mitad de su capacidad máxima, para mantener una sana distancia entre los usuarios.

Los prestadores de servicio social, a excepción de los que laboran en áreas de atención hospitalaria, realizarán sus actividades en su domicilio particular.

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