Como parte de las acciones para garantizar la seguridad y la salud de personas en el Centro Histórico de la Ciudad de México, la Secretaría de Gobierno (SECGOB) y la Autoridad del Centro Histórico (ACH) implementaron medidas para inhibir la circulación y el estacionamiento de motocicletas en calles peatonales de la zona.
Luego de la solicitud hecha por estas dependencias a la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), y tras el análisis correspondiente, se autorizó la colocación de 26 banderines para evitar la circulación de estos vehículos motorizados en las calles de San Jerónimo, Regina y Callejón de Mesones.
Lo anterior en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que en su artículo 21 establece que se prohíbe a los conductores de motocicletas circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, mientras que el artículo 30 indica que no se pueden estacionar vehículos motorizados sobre vías peatonales.
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Por otra parte, y en atención al Aviso por el que se determinan 11 espacios como “Libres de Humo y otras Emisiones que interfieran con el Derecho de Personas No Fumadoras”, también se aprobó la instalación de 80 banderines en postes de alumbrado público del Centro Histórico, para señalar los puntos donde no se puede encender un cigarro u otras emisiones, que son: El Zócalo capitalino, Plaza de la Mexicanidad, Plaza Manuel Gamio, Plaza Seminario, Plaza del Empedradillo, Plaza del Centro Histórico, corredor peatonal Francisco I. Madero, Los Portales de 20 de Noviembre a José María Pino Suárez y de 20 de Noviembre a 5 de Febrero, así como aquellos que se ubican entre 16 de Septiembre y Francisco I. Madero.
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