/ jueves 9 de julio de 2020

Habrá subsidios a entidades federativas para realizar búsqueda de personas

En el marco de la Ley General en materia de desaparición forzada de personas

Ciudad de México.- La Administración Pública de la Ciudad de México dio a conocer el convenio de coordinación y adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus comisiones locales de búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en materia de desaparición forzada de personas.

Así como la desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas que celebran la Secretaría de Gobernación, por Conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, representada por su titular, Karla Irasema Quintana Osuna y el Gobierno de la Ciudad de México encabezado por Claudia Sheinbaum.

Además, se la secretaria de Gobierno, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, la Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar y el titular de la Comisión de Búsqueda de personas en la CDMX, Fernando Elizondo García.

La búsqueda tendrá por objeto realizar todas las acciones y diligencias tendientes para dar con la suerte o el paradero de la persona hasta su localización, incluidas aquellas para identificar plenamente sus restos en caso de que estos hayan sido localizados.

Y en la Distribución del Gasto por Unidad Responsable y al Nivel de Desagregación de Capítulo y Concepto de Gasto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020 se establece que se incluyen 457 millones 576 mil 512 pesos para el otorgamiento de subsidios para las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no

localizadas para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, subsidios que se otorgarán en un esquema de coparticipación de recursos de manera equitativa entre la Federación y las Comisiones Locales de Búsqueda, correspondiente al menos el diez (10) por ciento de participación por parte de las Comisiones Locales de Búsqueda respecto del monto total asignado por la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (en lo sucesivo el “Subsidio”).

Por su parte, la Entidad Federativa, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes, contados a partir de que reciban los recursos federales, aportará la cantidad de un millón 300 mil pesos por concepto de coparticipación. Dicho monto equivale al 10% del Subsidio autorizado.

“La Comisión” recibirá, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, dos ministraciones en una proporción de ochenta (80) por ciento la primera y veinte (20) por ciento la segunda, respecto del monto de asignación autorizado por “LA CNBP”.

La primera ministración corresponde al 80 por ciento del total del Subsidio asignado a “La Comisión” y será entregada a más tardar a los 20 días hábiles siguientes, contados a partir de que se suscriba el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.

Dicho porcentaje asciende a 10 millones 400 mil pesos y se realizará una vez cumplidos los requisitos previstos en el artículo 23 de los “Lineamientos” y bajo las siguientes premisas:

II. Que la Entidad Federativa haya instalado su Comité Estatal, de conformidad con lo previsto en la Sección Primera del Capítulo Segundo de los “Lineamientos”.

La segunda ministración corresponderá al 20% restante del total asignado a “La Comisión” y podrá solicitarse a más tardar el 14 de agosto de 2020; dicho porcentaje asciende a 2 millones 600 mil pesos, lo anterior, de conformidad con la Sección Primera y Tercera del Capítulo Cuarto de los “Lineamientos”.


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Ciudad de México.- La Administración Pública de la Ciudad de México dio a conocer el convenio de coordinación y adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus comisiones locales de búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en materia de desaparición forzada de personas.

Así como la desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas que celebran la Secretaría de Gobernación, por Conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, representada por su titular, Karla Irasema Quintana Osuna y el Gobierno de la Ciudad de México encabezado por Claudia Sheinbaum.

Además, se la secretaria de Gobierno, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, la Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar y el titular de la Comisión de Búsqueda de personas en la CDMX, Fernando Elizondo García.

La búsqueda tendrá por objeto realizar todas las acciones y diligencias tendientes para dar con la suerte o el paradero de la persona hasta su localización, incluidas aquellas para identificar plenamente sus restos en caso de que estos hayan sido localizados.

Y en la Distribución del Gasto por Unidad Responsable y al Nivel de Desagregación de Capítulo y Concepto de Gasto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020 se establece que se incluyen 457 millones 576 mil 512 pesos para el otorgamiento de subsidios para las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no

localizadas para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, subsidios que se otorgarán en un esquema de coparticipación de recursos de manera equitativa entre la Federación y las Comisiones Locales de Búsqueda, correspondiente al menos el diez (10) por ciento de participación por parte de las Comisiones Locales de Búsqueda respecto del monto total asignado por la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (en lo sucesivo el “Subsidio”).

Por su parte, la Entidad Federativa, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes, contados a partir de que reciban los recursos federales, aportará la cantidad de un millón 300 mil pesos por concepto de coparticipación. Dicho monto equivale al 10% del Subsidio autorizado.

“La Comisión” recibirá, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, dos ministraciones en una proporción de ochenta (80) por ciento la primera y veinte (20) por ciento la segunda, respecto del monto de asignación autorizado por “LA CNBP”.

La primera ministración corresponde al 80 por ciento del total del Subsidio asignado a “La Comisión” y será entregada a más tardar a los 20 días hábiles siguientes, contados a partir de que se suscriba el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.

Dicho porcentaje asciende a 10 millones 400 mil pesos y se realizará una vez cumplidos los requisitos previstos en el artículo 23 de los “Lineamientos” y bajo las siguientes premisas:

II. Que la Entidad Federativa haya instalado su Comité Estatal, de conformidad con lo previsto en la Sección Primera del Capítulo Segundo de los “Lineamientos”.

La segunda ministración corresponderá al 20% restante del total asignado a “La Comisión” y podrá solicitarse a más tardar el 14 de agosto de 2020; dicho porcentaje asciende a 2 millones 600 mil pesos, lo anterior, de conformidad con la Sección Primera y Tercera del Capítulo Cuarto de los “Lineamientos”.


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