/ martes 19 de julio de 2022

Habrá ley seca en Magdalena Contreras por festividad "Santa María Magdalena Atlitic 2022"

Toda persona que viole la ley será remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la imposición de la sanción correspondiente

Desde las 00:00 horas de este viernes 22 de julio, hasta las 23:59 horas del día lunes 25, se suspenden las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles y vía pública ubicados en el Pueblo de la Magdalena Atlitic en la alcaldía Magdalena Contreras.

La alcaldía emitió el acuerdo por el que se establece la suspensión de actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, en los establecimientos mercantiles y vía pública del pueblo de la Magdalena Atlitic de la demarcación territorial de la Alcaldía la Magdalena Contreras, durante los días indicados, con motivo de la festividad “Santa María Magdalena Atlitic 2022”.

La disposición incluye a vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, aquellos que se instalen temporalmente y en cualquier otro similar, en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio en el que se comercialicen u obsequien bebidas alcohólicas para el consumo humano.

Y se advierte que toda persona que viole la ley será remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la imposición de la sanción que en derecho corresponda, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley de Cultura Cívica, la Ley de Verificación Administrativa y demás disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México.

Cabe recordar que las Alcaldías son Órganos Político-Administrativos dotados de personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración.

Además, es una atribución exclusiva de las personas titulares de las Alcaldías vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones, así como aplicar las sanciones que correspondan en materia de establecimientos mercantiles que se encuentren dentro de sus demarcaciones territoriales.

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Y conforme a la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, es una atribución exclusiva de las Alcaldías ordenar visitas de verificación a establecimientos mercantiles que operen en su demarcación.

Que, las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles y en vía pública representan un alto impacto social y podrían traer consecuencias negativas para la seguridad ciudadana, la convivencia y la civilidad durante la festividad de “Santa María Magdalena Atlitic 2022” el cual se concentra un gran número de personas.

Que, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, establece que la Secretaría de Gobierno cuenta con la atribución de coordinar las relaciones con las Alcaldías, así como emitir en el ámbito de su competencia y en coordinación con las Alcaldías, las medidas administrativas sobre el comercio, en áreas que especifiquen las leyes en la materia.

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La alcaldía emitió el acuerdo por el que se establece la suspensión de actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, en los establecimientos mercantiles y vía pública del pueblo de la Magdalena Atlitic de la demarcación territorial de la Alcaldía la Magdalena Contreras, durante los días indicados, con motivo de la festividad “Santa María Magdalena Atlitic 2022”.

La disposición incluye a vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, aquellos que se instalen temporalmente y en cualquier otro similar, en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio en el que se comercialicen u obsequien bebidas alcohólicas para el consumo humano.

Y se advierte que toda persona que viole la ley será remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la imposición de la sanción que en derecho corresponda, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley de Cultura Cívica, la Ley de Verificación Administrativa y demás disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México.

Cabe recordar que las Alcaldías son Órganos Político-Administrativos dotados de personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración.

Además, es una atribución exclusiva de las personas titulares de las Alcaldías vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones, así como aplicar las sanciones que correspondan en materia de establecimientos mercantiles que se encuentren dentro de sus demarcaciones territoriales.

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Y conforme a la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, es una atribución exclusiva de las Alcaldías ordenar visitas de verificación a establecimientos mercantiles que operen en su demarcación.

Que, las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles y en vía pública representan un alto impacto social y podrían traer consecuencias negativas para la seguridad ciudadana, la convivencia y la civilidad durante la festividad de “Santa María Magdalena Atlitic 2022” el cual se concentra un gran número de personas.

Que, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, establece que la Secretaría de Gobierno cuenta con la atribución de coordinar las relaciones con las Alcaldías, así como emitir en el ámbito de su competencia y en coordinación con las Alcaldías, las medidas administrativas sobre el comercio, en áreas que especifiquen las leyes en la materia.

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