El Gobierno de la Ciudad de México emitió el decreto para expropiar el inmueble ubicado en Manuel Orozco y Berra número 66, Colonia Buenavista en la alcaldía Cuauhtémoc para hacer vivienda social.
La expropiación se hizo a favor del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, para el mejoramiento de los centros de población a través de la ejecución de un programa de vivienda de interés social y popular en el terreno de más de 463.16 metros cuadrados.
El expediente técnico, jurídico y administrativo del inmueble expropiado, podrá ser consultado por las personas interesadas, previa acreditación de la personalidad e interés jurídico, en las oficinas del Instituto de Vivienda, así como en la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, ambas de la Ciudad de México.
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El Gobierno de la Ciudad de México, a través del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, pagará la indemnización constitucional a las personas propietarias que resulten afectadas por esta expropiación, previa acreditación de su interés jurídico ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México, mediante el procedimiento administrativo correspondiente que establece la normativa de la materia. El monto a pagar será determinado con base en el avalúo emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.
También se autoriza al Instituto de Vivienda para que, de acuerdo a la normativa aplicable y sus bases de operación, destine el inmueble objeto del presente Decreto al mejoramiento de los centros de población a través de la ejecución de un programa de vivienda de interés social, en beneficio de sus actuales ocupantes y conforme a la disponibilidad de vivienda, a favor de otras personas beneficiarias de Programas de Vivienda de Interés Social y Popular.
Para dar cumplimiento a las acciones mencionadas en el numeral anterior, el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, deberá tomar posesión física y administrativa inmediata del inmueble expropiado, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, levantando el acta administrativa a que haya lugar a cargo de la Unidad Administrativa de Apoyo Técnico-Operativo competente.
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