Entró en vigor reforma al Código Penal que protege al Suelo de Conservación

Las sanciones podrían llegar hasta los 20 años de prisión

Hilda Escalona | La Prensa

  · lunes 9 de octubre de 2023

Foto: Sedema

Desde hoy, las personas que derriben, talen, destruyan o provoquen la muerte de uno o más árboles en Suelo de Conservación, Áreas Naturales Protegidas o Áreas de Valor Ambiental serán sancionadas con una multa económica de 6 mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización vigente (UMAs) y de seis a 20 años de prisión.

Lo anterior debido a que a partir de este lunes entró en vigor el Decreto por el que se modifica el artículo 345 Bis y se adiciona el artículo 346 Bis, ambos del Código Penal para el Distrito Federal, firmado por el Jefe de Gobierno, Martí Batres, y publicado el pasado viernes 6 de octubre en la Gaceta Oficial número 1208.

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Dicho decreto establece la misma pena de prisión a quien ilícitamente comercie, acopie, almacene, transforme o distribuya madera en rollo, astillas, carbón vegetal u otra materia prima forestal, además de una sanción económica de 10 mil a 15 mil UMAs. La pena de prisión aumentará en una mitad cuando el que participe sea servidor público o beneficiario de programas sociales de protección al medio ambiente.

Cabe precisar que no será sancionado el uso de leña o de material leñoso proveniente de vegetación forestal sin ningún proceso de transformación, el cual podrá ser usado para consumo doméstico o elaboración de productos artesanales, hasta en un volumen menor a medio metro cúbico.

Foto: Sedema

Pero será motivo de prisión y multa económica a quien cometa ecocidio al causar un daño grave al ambiente por la emisión de contaminantes, la realización de actividades riesgosas o la afectación de recursos naturales de la Ciudad de México.

También se impondrá una pena de cinco a 12 años de prisión y una multa de 5 mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización vigente a quien provoque la destrucción, pérdida total o daño irreparable a un ecosistema que abarque una superficie de cuando menos 10 hectáreas; dañe un ecosistema cuya afectación y sus impactos duren al menos cuatro meses; donde habite o exista una especie endémica o en peligro de extinción y cause la contaminación del agua y el suelo por vertidos químicos.

Y se detalla que las penas aumentarán en un tercio cuando el ecocidio sea cometido en Áreas de Valor Ambiental y Áreas Naturales Protegidas, y quien haya cometido este delito estará obligado a compensar y reparar el daño, con fundamento en lo establecido por el artículo 16 de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Foto: Sedema

Desde el año 2019 el Gobierno de la Ciudad ha hecho esfuerzos por preservar y proteger el Suelo de Conservación que representa el 59% del territorio capitalino y alberga el 12% de la biodiversidad del país y el 2% de la biodiversidad del planeta. Como parte de estas acciones, destaca el establecimiento de millones de árboles y otro tipo de plantas, estrategias para restaurar los sitios afectados por la tala ilegal, los incendios, la contención de la marcha urbana y el impulso a una cultura de sensibilización en las y los capitalinos.

De 2019 a la fecha se establecieron más de 43 millones de árboles, arbustos y cubresuelos, de los cuales casi 30 millones se plantaron en Suelo de Conservación. La revegetación de la Ciudad contribuyó al incrementó de área verde por habitante, de 14.5 m2 en 2018 a 19.4 m2 en 2022.

El aumento en la producción de los viveros favoreció el incremento de áreas verdes, pues en 2018 los tres viveros de la Ciudad producían 308 mil plantas y en 2022 se alcanzó una producción anual de 10.8 millones. Estos esfuerzos han permitido tener una ciudad cada vez más verde, que le abre las puertas a la naturaleza.

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