A fin de evitar la venta ilegal de bebidas alcohólicas en la vía pública y que proliferen las denominadas chelerías, en el Congreso de la Ciudad de México se decidió emprender una reforma a la Ley de Cultura Cívica que entrará en vigor este viernes, en tanto que, para aumentar las sanciones por retiro de sellos de clausura en negocios y en los que se incumpla con la normatividad o no cuenten con autorización, se decidió hacer cambios al Código Penal.
En el primer caso, las personas legisladoras que conforman las nueve fracciones y asociaciones parlamentarias del recinto de Donceles y Allende, por unanimidad estuvieron de acuerdo en hacer modificaciones a los artículos 32 y 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, para sancionar la conducta de quienes vendan bebidas alcohólicas en la vía pública sin contar con los permisos correspondientes.
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Se trata de desincentivar el comercio sin previa verificación del cumplimiento de los requisitos administrativos y de forma indiscriminada, lo cual genera conflictos sociales en la zona de venta, de acuerdo con lo que fundamentó la diputada de Morena Yuriri Ayala Zúñiga.
Al respecto, el coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, Royfid Torres González, sostuvo que la regulación de los negocios denominados chelerías es necesaria a efecto de combatir la venta y consumo ilegal de alcohol.
Retiro de sellos de suspensión será delito grave
Por otra parte, en el mismo dictamen a la iniciativa del jefe de gobierno Martí Batres Guadarrama para adicionar una fracción V bis al artículo 28 y modificar el artículo 32 de la Ley de Cultura Cívica, se integró el reformar el artículo 286 del Código Penal para el Distrito Federal, propuesto por las Comisiones de Administración y Procuración de Justicia y de Justicia Cívica y Defensoría Pública, también a la propuesta del responsable de la administración capitalina.
Ayala Zúñiga refirió que la propuesta busca contribuir a mantener el estado de suspensión o clausura ordenado por la autoridad y señalado mediante sellos en construcciones, edificaciones, medio publicitario o establecimiento mercantil; garantizar la seguridad jurídica en favor de la población; y defender la efectividad y eficacia de los procedimientos administrativos de verificación y sanción.
Delineó que resulta necesario asegurar que la responsabilidad penal no sólo quede limitada a quienes se encuentran trabajando en el establecimiento suspendido o clausurado, sino a quienes se benefician de manera directa con la reanudación ilícita de actividades, por lo que incrementarán las sanciones cuando se trate de los titulares, propietarios, poseedores, representantes o responsables del negocio, quienes consientan o permitan la continuación de la actividad.
La congresista explicó que los cambios que se aplican al artículo 286 del Código Penal local, modifican las cualidades del sujeto activo que puede incurrir en el delito de retiro o violación de sellos, aumenta la temporalidad de la sanción privativa de la libertad al pasar de ser un delito a un delito grave, agregando el término de "suspensión de actividades", que constituye una medida cautelar con colocación de sellos durante el procedimiento de verificación.
Confirmó que se aumentará la pena privativa de la libertad en una cuarta parte de la pena de prisión, para casos donde se quebrante o retire los sellos de clausura o suspensión, en forma reiterada o desacatando la sanción.
Piden evitar posibles actos de corrupción
En ese tema Royfid Torres refirió que es favorable la modificación para ejercer las acciones que correspondan respecto al quebrantamiento de sellos, sin embargo, destacó que se requiere detallar el concepto para impedir la corrupción.
Por su parte, el diputado de Morena Alberto Martínez Urincho, agradeció las observaciones y los consensos de las personas legisladoras integrantes de ambas comisiones para lograr el dictamen, y resaltó la importancia de garantizar el derecho a la buena administración pública que tiene la población y evitar el quebranto de sellos.
Fue aprobado la reserva al artículo 286 del Código Penal local presentada por el diputado Fernando Zárate Salgado (MORENA), mediante la cual el texto incluirá en el primer párrafo, al que “altere, destruya o desaparezca los sellos puestos por orden de la autoridad competente”, y en el segundo párrafo, “medidas de seguridad” o aseguramiento.
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