/ martes 17 de agosto de 2021

Entra en vigor la “Ley Ingrid” en el Estado de México; estos son los castigos

Se castigará a quien oferte, reproduzca, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de los cuerpos inertes.

La administración del Estado de México publicó en la Gaceta de Gobierno las reformas al Código Penal de la entidad, que contemplan castigos en el marco de la denominada “Ley Ingrid”, para sancionar hasta con 11 años de prisión a quien por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, exponga, envíe, fotografíe cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal.

De esta manera, a partir de mañana entran en vigor los cambios legales en la materia, donde se contempla incluso sancionar a quien oferte, reproduzca, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de los cuerpos inertes.

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El gobierno mexiquense dejó en claro que nadie podrá divulgar detalles de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que presenten los cadáveres.

Los castigos prevén de tres a seis años de prisión y multa por un importe equivalente de cincuenta a cien veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

“Tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad. Cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia, las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte”, dice textual el documento que hizo oficial el gobernador Alfredo del Mazo Maza, a través del periódico oficial.

Es preciso mencionar que el Congreso del Estado de México aprobó las modificaciones al el Artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México. Conforme al dictamen, que en esa ocasión dio lectura la diputada Beatriz García Villegas, la reforma se encaminó a la protección de las niñas, adolescentes y mujeres, con base en los derechos humanos, concordantes con las normas constitucionales y con el marco normativo internacional.

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Esta reforma responde a los lamentables hechos relacionados con el crimen de Ingrid Escamilla ocurrido en febrero de 2020, que dieron lugar a una reforma legislativa similar en la Ciudad de México y otras seis entidades del país, conocida como ´”Ley Ingrid”.

La reforma integró cuatro iniciativas presentadas en diferentes momentos por las diputadas Liliana Gollas Trejo, Beatriz García Villegas, María Lorena Marín Moreno, Araceli Casasola Salazar, Claudia González Cerón y el diputado Omar Ortega Álvarez.

Los diputados manifestaron que estas modificaciones evitará la revictimización de las mujeres violentadas y garantizará el derecho a la dignidad de la persona, además de que no podrá seguir lucrándose con la dignidad de las víctimas.

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La administración del Estado de México publicó en la Gaceta de Gobierno las reformas al Código Penal de la entidad, que contemplan castigos en el marco de la denominada “Ley Ingrid”, para sancionar hasta con 11 años de prisión a quien por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, exponga, envíe, fotografíe cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal.

De esta manera, a partir de mañana entran en vigor los cambios legales en la materia, donde se contempla incluso sancionar a quien oferte, reproduzca, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de los cuerpos inertes.

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El gobierno mexiquense dejó en claro que nadie podrá divulgar detalles de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que presenten los cadáveres.

Los castigos prevén de tres a seis años de prisión y multa por un importe equivalente de cincuenta a cien veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

“Tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad. Cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia, las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte”, dice textual el documento que hizo oficial el gobernador Alfredo del Mazo Maza, a través del periódico oficial.

Es preciso mencionar que el Congreso del Estado de México aprobó las modificaciones al el Artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México. Conforme al dictamen, que en esa ocasión dio lectura la diputada Beatriz García Villegas, la reforma se encaminó a la protección de las niñas, adolescentes y mujeres, con base en los derechos humanos, concordantes con las normas constitucionales y con el marco normativo internacional.

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Esta reforma responde a los lamentables hechos relacionados con el crimen de Ingrid Escamilla ocurrido en febrero de 2020, que dieron lugar a una reforma legislativa similar en la Ciudad de México y otras seis entidades del país, conocida como ´”Ley Ingrid”.

La reforma integró cuatro iniciativas presentadas en diferentes momentos por las diputadas Liliana Gollas Trejo, Beatriz García Villegas, María Lorena Marín Moreno, Araceli Casasola Salazar, Claudia González Cerón y el diputado Omar Ortega Álvarez.

Los diputados manifestaron que estas modificaciones evitará la revictimización de las mujeres violentadas y garantizará el derecho a la dignidad de la persona, además de que no podrá seguir lucrándose con la dignidad de las víctimas.

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