Emite CDHCM recomendación por violencia institucional

Contra de mujeres trabajadoras y de su maternidad

Patricia Carrasco | La Prensa

  · jueves 26 de noviembre de 2020

Foto ilustrativa

Ciudad de México.- La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) emitió la Recomendación 8/2020, dirigida al Instituto Electoral, a la Caja de Previsión de la Policía Preventiva y a la Policía Bancaria e Industrial, todas de la Ciudad de México, tras acreditar la violencia institucional perpetrada en contra de mujeres trabajadoras al servicio del Estado, por razón de maternidad y en detrimento de sus derechos laborales.

Aun cuando el despido por embarazo es la primera causa de discriminación que las mujeres denuncian en la Ciudad de México, existe un problema significativo para la impartición de justicia en esta violación, pues tan sólo 4.2% de las mujeres embarazadas despedidas denuncia el hecho ante la autoridad laboral.

Pese a que la CDHCM ha emitido 4 instrumentos recomendatorios sobre violencia laboral e institucional en contra de mujeres, la Recomendación por la Violencia institucional perpetrada en contra de mujeres trabajadoras al servicio del Estado, por razón de maternidad, en detrimento de sus derechos laborales, es la primera que documenta esa violencia en el contexto del ejercicio de la maternidad.

Nashieli Ramírez Hernández, Presidenta de la CDHCM, argumentó que la Recomendación está motivada por hechos que derivaron en la violación a los derechos al trabajo y a la seguridad social relacionados con el ejercicio de la maternidad, a una vida libre de violencia, reproductivos y a la seguridad jurídica de tres mujeres y de sus cuatro hijos.

Reiteró el rechazo y condena de este Organismo a la violencia institucional y laboral perpetrada en contra de las mujeres, que, “al ser un escenario estructural promovido por autoridades, o con aquiescencia de las mismas, y por afectar su participación en el ámbito económico, merma su desarrollo integral, personal, patrimonial y profesional, situación que impacta en su núcleo familiar; en especial, tiene por efecto lesionar la esfera de derechos de niños y niñas en la primera infancia”.

Recordó que la CDHCM ha emitido cuatro Recomendaciones sobre violencia laboral e institucional en contra de mujeres, pero la 08/2020 es la primera que documenta la violencia en el contexto del ejercicio de la maternidad, así como la violencia de género como fenómeno grave que limita el ejercicio de derechos e impide su goce de un nivel de vida digno, al perpetuar estereotipos sobre su rol en la sociedad.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2016), en México 66.1% de las mujeres han experimentado algún tipo de violencia y que, en la Ciudad de México alcanza a casi 80% de ellas, siendo entonces la que ocupa el primer lugar.

Ramírez Hernández destacó que, aunque el despido por embarazo es la primera causa de discriminación que las mujeres denuncian en la Ciudad de México, este delito es denunciado en sólo 4.2% de los casos.

En consecuencia, la investigación realizada por la CDHCM evidenció que, a pesar del avance normativo y de política pública para reconocer derechos laborales de las mujeres, en este caso de su maternidad, en lo cotidiano no se respetan ni se garantiza su ejercicio.

En este contexto y desde la perspectiva antes referida, la CDHCM dirige la Recomendación 08/2020 al Instituto Electoral, a la Caja de Previsión de la Policía Preventiva y a la Policía Bancaria e Industrial, todas de la Ciudad de México, los siguientes puntos recomendatorios: Impulsar la inscripción de Berenice Álvarez Becerril, María del Carmen Flores Rauda y Mónica Ríos Santana, así como de sus hijos e hijas señalados como víctimas indirectas, en el Registro de Víctimas de la Ciudad de México.

Impulsar también la aprobación de los planes de reparación integral que procedan, por parte de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México.

Ejecutar todas las medidas contenidas en los mismos, bajo los principios de máxima protección, debida diligencia y no victimización secundaria.

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