A fin de proteger a los cascos históricos de los pueblos, sus pobladores, el patrimonio cultural, su arquitectura y su forma de vida, el Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama emitió el Decreto: Medidas de Protección de las Áreas de Conservación Patrimonial y Espacios de los Pueblos y Barrios.
En el patio del Antiguo Palacio del Ayuntamiento, el mandatario mencionó que de esa forma se protege a quienes representan nuestra más profunda raíz para que continúen existiendo y su fama también mientras exista el mundo.
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Batres Guadarrama detalló que emitió el decreto sobre la base de un conjunto de consideraciones de carácter histórico y cultural legislativo y de desarrollo.
“Con el siguiente decreto se ordena el establecimiento de acciones y medidas para la protección de las áreas de conservación patrimonial y espacios de los pueblos y barrios de la Ciudad de México”.
El mandatario detalló que el decreto tiene por objeto ordenar el establecimiento de acciones para la conservación y preservación de las áreas de conservación, patrimonial y espacios que ocupan los pueblos y barrios de la Ciudad de México, con la finalidad de mantener y potenciar sus valores patrimoniales, además de evitar su pérdida o desaparición, incluso velando en todo momento por la protección de la identidad, el tejido habitacional, social y cultural, fundacional de dichas zonas en beneficio de todos sus habitantes.
De igual forma, el ámbito de aplicación para los efectos del presente decreto serán las áreas de conservación patrimonial que se encuentran en pueblos y barrios de la capital, cuya fundación y ocupación data desde la época prehispánica y hasta finalizar el siglo XIX mismas que deberá determinar la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México.
“Se instruye a la Secretaría de desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México para que determine y publiciten las medidas de acciones de política urbana para la protección, conservación y consolidación del patrimonio cultural de las áreas de conservación patrimonial, así como del paisaje urbano histórico y los espacios que ocupan los pueblos y barrios de la ciudad de México, en términos del presente decreto”.
Además, se instruye a la Secretaría de Administración y Finanzas de la capital del país para que realice el diagnóstico de los posibles beneficios fiscales para el cumplimiento de los fines del presente decreto.
Y se instruye a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México para que realice las acciones necesarias para que la Comisión interinstitucional del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México analice, desarrolle y emita la opinión correspondiente sobre los proyectos de declaratoria de protección del patrimonio cultural, así como la elaboración de los planes de manejo para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y dicho derecho entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
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