Se mantiene Contingencia Ambiental y el Doble Hoy No Circula para este jueves

Los altos niveles de contaminación prevalecieron en el cielo del Valle de México pese a la presencia de lluvia, vientos y hasta granizada

José Luis Pérez / La Prensa

  · jueves 23 de mayo de 2024

Foto: David Deolarte

La Comisión Ambiental para la Megalópolis informó que la contingencia ambiental activada desde este miércoles, se mantendrá este jueves, junto con la aplicación de programa Doble Hoy No Circula.

La CAME detalló que en el transcurso del día de hoy, ha persistido la influencia de un sistema de alta presión en la región central del país, que genera condiciones de estabilidad atmosférica, cielo despejado, radiación solar intensa y temperatura cercana a los 30°C.

La combinación de estos factores propició la formación de ozono, mientras el viento débil de dirección variable en el Valle de México ayudó a su acumulación, registrando a las 14:00 horas, una concentración máxima de 156 ppb en la estación Gustavo A. Madero (GAM).

¿Qué vehículos no podrán circular este jueves por contingencia ambiental?

En medio de esta nueva contingencia ambiental, la décima en lo que va del 2024, mañana jueves 23 de mayo deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas los siguientes vehículos:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 1, 2, 4, 6 y 8.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

¿Qué vehículos están exentos del Doble Hoy No Circula?

De acuerdo a lo informado por la CAMe en el programa Doble Hoy No Circula están exentos los vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento. Los vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.

Además de los vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica. Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población, así como vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

También podrá circular los vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente. Los vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente y los destinados para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

Así mismo el transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.), vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes, así como los que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. Las motocicletas están exentas de la Fase I

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