Está tarde se cumplieron 24 horas de la séptima contingencia ambiental en lo que va del año en el Valle de México. Las restricciones persisten al no mejorar la calidad del aire.
Como medida para favorecer la reducción de contaminantes, la Fase 1 de Contingencia Ambiental llega acompañada de la aplicación del Doble Hoy No Circula, el cual pertenece activo en el Valle de México desde esta mañana.
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La aplicación de este programa de restricción vehicular se extiende para este miércoles, luego de que la contingencia ambiental se mantuviera durante la última actualización que emitió la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) esta noche.
La restricción vehicular se aplican casi sin excepción entre los vehículos con hologramas y terminación fijados por autoridades ambientales. Ante la permanencia de la contingencia ambiental, estos son los autos que no podrán circular durante este miércoles.
¿Qué autos no circularán este miércoles por el Doble Hoy No Circula?
Cabe destacar que el horario de aplicación del programa Hoy No Circula es entre las 5:00 y las 22:00 horas. Estos son los vehículos que deberán dejar de circular este miércoles 15 de mayo:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de ircular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I
¿Qué vehículos están exentos del Doble Hoy No Circula?
De acuerdo al comunicado de la CAMe, están exentos del Doble Hoy No Circula los vehículos eléctricos e híbridos, así como los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento; vehículos con holograma “00” o “0” vigente y con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica. Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua, así como los destinados al transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
Carrosas u otro transporte de servicios funerarios que cuenten con holograma de verificación vigente, así como los vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes. Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
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