Dirigentes de asociaciones civiles no deben ser tratados como servidores públicos

Ese precepto legal equipara a los encargados de la administración de una asociación civil que recibe fondos, recursos o apoyos gubernamentales como servidores públicos

Arturo R. Pansza / La Prensa

  · jueves 28 de octubre de 2021

Foto: Cortesía

El vicecoordinador de la fracción parlamentaria del PRD en el Congreso de la Ciudad de México, Jorge Gaviño Ambriz, reconoció que actualmente se criminaliza a los dirigentes de las asociaciones civiles, por lo que urgió a que, en el actual periodo de sesiones del órgano deliberativo, se dictamine a la brevedad la iniciativa sobre el artículo 256 del Código Penal para el Distrito Federal.

Destacó que ese precepto legal equipara a los encargados de la administración de una asociación civil que recibe fondos, recursos o apoyos gubernamentales como servidores públicos, lo cual no necesariamente abona a un tema de rendición de cuentas, sino que solamente posibilita que éstos puedan ser objeto de prisión preventiva oficiosa.

Fundamentó que la condición jurídica actual de las asociaciones civiles, es clara y, por tanto, no se les debe equiparar como servidores públicos.

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Al refrendar que no pueden estar sujetos a rendición de cuenta como si se tratara de servidores, declaró: “es claramente inconstitucional, ya que el artículo 108 de nuestra Carta Magna define a las personas que son servidores públicos por lo que ninguna ley debería de adicionarle otros sujetos”.

Expuso que ello es así, con la reforma del 2019 al artículo 19 de la Constitución federal, para señalar como delitos de prisión preventiva oficiosa precisamente los delitos que se consideren sobre corrupción cometidos por servidores públicos.

Abundó que, esto aun cuando las asociaciones desde hace mucho, tiene un régimen y fiscalización estricta ante la autoridad hacendaria.

Gaviño Ambriz recordó que la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, entre otros entes, han planteado acción de inconstitucionalidad, por estar en contra de la Constitución federal, así como de diversas normas internacionales y, ciertamente, él comparte esa opinión, por lo que no se puede esperar a la declaratoria judicial para promover un cambio necesario.

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