La secretaria de Desarrollo Urbano (Seduvi) desmintió las afirmaciones hechas por el candidato de la coalición “Va por la Ciudad de México”, Santiago Taboada a la Jefatura de Gobierno quien afirmó que Seduvi sigue expidiendo usos de suelo arriba del Metro.
“La última expedición que hizo fue precisamente a finales de este año, un predio del que debió haber hecho primero un estudio de la profundidad que tenía”, acusó.
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Por su parte, la dependencia capitalina indicó que conforme al artículo 86 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano vigente, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda capitalina, únicamente emite los Certificados Únicos de Zonificación de Uso de Suelo, con base en los Programas Generales, Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano. Estos certificados “no constituyen licencia, permiso o autorización de construcción”, como lo señala la leyenda incluida en cada uno de ellos.
Y aclaró que de ninguna manera implican la aprobación de proyectos: son la constancia de lo que la Ley indica para cada predio. En el caso de la ubicación a la que se hace referencia, el uso de suelo fue establecido en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Benito Juárez, que data de 2005.
Con base en las leyes y reglamentos de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda nuevamente desmintió los dichos falsos y exhortó a evitar incurrir en actos de desinformación que perjudican a la ciudadanía.
Así respondió Seduvi a las declaraciones hechas por Taboada durante un foro en la Universidad Iberoamericana.
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Además, Seduvi reiteró que la obra en el predio ubicado en Avenida División del Norte número 2238 Bis, colonia Portales Sur, denominado “Residencial Novus” y cuyos trabajos de perforación profunda afectaron la infraestructura de la Línea 12 del Metro fue autorizada por la Alcaldía Benito Juárez.
Y detalló que durante la administración del entonces titular de la Alcaldía, Santiago Taboada Cortina, la alcaldía registró la Manifestación de Construcción FBJ-0022-23 con una vigencia de tres años a partir del 31 de mayo de 2023 la cual debe contener lo previsto en el artículo 53 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
Inclusive menciona que la Alcaldía emitió el 5 de marzo de 2021, la Constancia de Alineamiento y Número Oficial para el predio donde la obra mencionada se realizaba, sin que estuviera debidamente inscrito en los Planos de Alineamiento y Derechos de Vía, como consta en los registros públicos de esta Secretaría.
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