/ sábado 18 de marzo de 2023

Congreso propone que maltratadores de animales cubran gastos médicos y de alimentación en refugios

El legislador Jesús Sesma propone que se hagan cargo de su atención en refugios, no como un castigo, sino para que asuman su responsabilidad

El que los gastos de atención médica y alimento que se les otorga en los refugios a los animales que sufrieron actos de maltrato o crueldad, sean cubiertos por la persona que les hizo daño y ya no por los albergues o por quienes los resguardan, promueve el presidente de la Comisión de Bienestar Animal del Congreso de la Ciudad de México, Jesús Sesma Suárez.

Dejó en claro que la manutención debe estar a cargo de los presuntos maltratadores de los denominados seres sintientes y no propiamente como un castigo, sino como una responsabilidad del acto que cometieron.

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Para el también coordinador de la asociación parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad del recinto de Donceles y Allende, “esa manutención es muy cara y alguien tiene que hacerse cargo de ella, por lo que estamos proponiendo que todos los gastos que se generen por la custodia de los animales asegurados, ya sea que se encuentren en poder de las autoridades o de particulares que desinteresadamente los reciben, deberán ser cubiertos por la persona o personas responsables de los actos que motivaron su aseguramiento”.

Pollos y gallinas también se encuentran en la categoría de seres sintientes, sin embargo reciben mucho maltrato / Foto: Luis A. Barrera, La Prensa

Reforma a la fracción IV del artículo 59

Sesma Suárez se pronunció a favor de reformar la fracción IV del artículo 59 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, para poder cobrarle al presunto maltratador los gastos que se generen por el aseguramiento de los animales.

Explicó que actualmente quien absorbe esos gastos son los Centros de Atención Canina y Felina, organismos dependientes de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México o los albergues protectores de animales.

El diputado animalista sugiere adicionar el artículo 59 Bis 1 a dicha ley para que las autoridades, asociaciones protectoras de animales o personas físicas debidamente registradas que reciban animales de compañía en resguardo, informen a la autoridad que otorgó el mismo respecto al destino de los animales asegurados.

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El que los gastos de atención médica y alimento que se les otorga en los refugios a los animales que sufrieron actos de maltrato o crueldad, sean cubiertos por la persona que les hizo daño y ya no por los albergues o por quienes los resguardan, promueve el presidente de la Comisión de Bienestar Animal del Congreso de la Ciudad de México, Jesús Sesma Suárez.

Dejó en claro que la manutención debe estar a cargo de los presuntos maltratadores de los denominados seres sintientes y no propiamente como un castigo, sino como una responsabilidad del acto que cometieron.

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Para el también coordinador de la asociación parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad del recinto de Donceles y Allende, “esa manutención es muy cara y alguien tiene que hacerse cargo de ella, por lo que estamos proponiendo que todos los gastos que se generen por la custodia de los animales asegurados, ya sea que se encuentren en poder de las autoridades o de particulares que desinteresadamente los reciben, deberán ser cubiertos por la persona o personas responsables de los actos que motivaron su aseguramiento”.

Pollos y gallinas también se encuentran en la categoría de seres sintientes, sin embargo reciben mucho maltrato / Foto: Luis A. Barrera, La Prensa

Reforma a la fracción IV del artículo 59

Sesma Suárez se pronunció a favor de reformar la fracción IV del artículo 59 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, para poder cobrarle al presunto maltratador los gastos que se generen por el aseguramiento de los animales.

Explicó que actualmente quien absorbe esos gastos son los Centros de Atención Canina y Felina, organismos dependientes de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México o los albergues protectores de animales.

El diputado animalista sugiere adicionar el artículo 59 Bis 1 a dicha ley para que las autoridades, asociaciones protectoras de animales o personas físicas debidamente registradas que reciban animales de compañía en resguardo, informen a la autoridad que otorgó el mismo respecto al destino de los animales asegurados.

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