Con una serie de modificaciones, la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México, aprobó el dictamen a tres iniciativas para reformar diversos artículos de la Ley Orgánica y del Reglamento de ese órgano deliberativo, con el objetivo de armonizar ambos ordenamientos y generar certeza jurídica sobre la entrega de informes de comités y comisiones.
Se establece, con la modificación a la Ley Orgánica, que las reformas avaladas a esa ley legislación y al Reglamento del Congreso local, deberán ser publicadas de forma inmediata en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
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Al respecto, el diputado Jorge Gaviño Ambriz, presidente de la comisión, expuso que “se dictamina favorable la iniciativa para reformar la Ley y el Reglamento de este Congreso, con el propósito de precisar la obligación de las comisiones y comités sobre la presentación de los informes semestrales y final, que han sido considerados conforme a las reformas que hemos hecho en la II Legislatura para su entrega periódica”.
Reformas al artículo 72 de la Ley Orgánica
El representante popular especificó que el dictamen corresponde a la iniciativa para reformar la fracción III del artículo 72 de la Ley Orgánica, la fracción XXII del artículo 211 y la fracción XIII del artículo 222 del Reglamento, suscrita por el diputado de Morena José de Jesús Martín del Campo Castañeda; y a dos iniciativas para reformar el artículo 3 de la Ley Orgánica, del congresista morenista Miguel Ángel Macedo Escartín.
Éste último representante popular, al respecto, consideró atinada la manera técnica en que se presentó el proyecto de dictamen, al tiempo que destacó la importancia de esta reforma en materia de los informes de las comisiones y los comités, como un mecanismo de control que da claridad a la ciudadanía.
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Las comisiones y comités son órganos internos de organización, que tienen por objeto el estudio, análisis y elaboración de dictámenes, comunicaciones, informes, opiniones, resoluciones y acuerdos que contribuyen al mejor desempeño de las funciones legislativas, políticas, administrativas, de fiscalización, de investigación y de cumplimiento de las atribuciones constitucionales y legales del Congreso capitalino.
Entre las atribuciones de estas instancias, está la elaboración de informes periódicos, trimestrales, semestrales, de receso, anuales y final, relacionados a sus actividades: integración, asuntos turnados, documentos generados en sus sesiones y actividades efectuadas que se relacionan con su materia respectiva.
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