/ viernes 29 de septiembre de 2023

CNDH urge a autoridades federales y del Edomex atender contaminación en la presa Madín

La CNDH constató la severa contaminación generada por descargas de aguas residuales sin previo tratamiento, así como la inadecuada gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial

Al comprobarse que la calidad del agua en la Presa Madín sobrepasa los parámetros máximos de contaminantes establecidos en la normatividad ambiental y sanitaria, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 135/2023.

La contaminación persistente en la Presa Madín, localizada entre los municipios de Naucalpan de Juárez y Atizapán de Zaragoza, en el Estado de México vulnera el derecho humano a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua, advierte en su recomendación la CNDH.

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El organismo dirigió su recomendación a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 135/2023 a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), al gobierno del Estado de México, así como a las presidencias municipales mencionadas. Durante la investigación del caso, la CNDH constató la severa contaminación generada por descargas de aguas residuales sin previo tratamiento, así como la inadecuada gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, en perjuicio colectivo de quienes habitan en las comunidades vecinas a la Presa Madín, y de quienes hacen uso del agua almacenada para fines domésticos, deportivos y recreativos.

Al comprobarse que la calidad del agua en la Presa Madín sobrepasa los parámetros máximos de contaminantes establecidos en la normatividad ambiental y sanitaria, se acreditó el persistente daño a los ecosistemas y por ello la vulneración a los derechos humanos referidos.

La Comisión Nacional observó con preocupación que las autoridades de CONAGUA, PROFEPA, Estado de México, y de los municipios mexiquenses de Naucalpan de Juárez y Atizapán de Zaragoza han sido omisas en cumplir sus respectivas atribuciones y responsabilidades frente a un grave y añejo problema ambiental.

Ante tal circunstancia, la CNDH solicitó como medidas de reparación a los daños ambientales, el cumplimiento de 64 puntos, entre los que destacan la celebración de un convenio marco de coordinación interinstitucional para la protección ambiental, restauración y reparación integral de los daños ocasionado por la contaminación de la Presa Madín, entre la CONAGUA, la PROFEPA, los gobiernos del Estado de México y de los municipios mencionados, garantizando la efectiva participación significativa de los sectores académico y empresarial, así como de las organizaciones de la sociedad civil que así lo deseen.

Foto: Luis Barrera

Asimismo, se solicitó el diseño de un Programa Integral de Saneamiento, así como un estudio de Clasificación de la Presa Madín; la evaluación de los permisos de descargas de aguas residuales vigentes, que tengan como cuerpo receptor la Presa Madín; la revisión de las estaciones de monitoreo; y la elaboración de un registro de las empresas y fraccionamientos que descargan sus aguas residuales a las redes de alcantarillado que desembocan en la presa.

De igual forma, la CNDH recomendó la revisión de los estados operativos de los sistemas de drenaje y alcantarillado, para llevar a cabo las reparaciones, adecuaciones y su mantenimiento; la elaboración un programa anual de visitas de inspección calendarizado, para vigilar la totalidad de las descargas de aguas residuales que se vierten a la Presa, así como para para verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente y aplicable en los rellenos sanitarios en el Municipio de Naucalpan.

Foto: Luis Barrera

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De detectarse irregularidades, se solicitó el inicio de los procedimientos administrativos y sancionatorios correspondientes. De advertirse hechos probablemente constitutivos de delitos ambientales, se requirió la presentación de las denuncias correspondientes ante la Fiscalía General de la República.

Solicitó la expensa de los recursos necesarios y suficientes para la remediación de la Presa Madín, incluso mediante solicitudes de ampliación presupuestal y el seguimiento a las denuncias administrativas que este organismo nacional presente ante los correspondientes órganos fiscalizadores, en contra de las personas servidoras que resulten responsables por faltas administrativas.

Asimismo, solicitó la elaboración del Programa Estatal para el Aprovechamiento, Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, que incluya la prohibición de tiraderos de residuos a cielo abierto, el cierre de los mismos y la realización de campañas de sensibilización ambiental; y, finalmente, la realización de gestiones necesarias a efecto de que la Planta Potabilizadora Madín, cumpla estrictamente con los parámetros establecidos en la norma oficial NOM-127-SSA1-2021, así como para que durante los procesos de potabilización que lleve a cabo, se remuevan los diversos contaminantes presentes en dicho cuerpo de agua.

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Al comprobarse que la calidad del agua en la Presa Madín sobrepasa los parámetros máximos de contaminantes establecidos en la normatividad ambiental y sanitaria, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 135/2023.

La contaminación persistente en la Presa Madín, localizada entre los municipios de Naucalpan de Juárez y Atizapán de Zaragoza, en el Estado de México vulnera el derecho humano a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua, advierte en su recomendación la CNDH.

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El organismo dirigió su recomendación a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 135/2023 a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), al gobierno del Estado de México, así como a las presidencias municipales mencionadas. Durante la investigación del caso, la CNDH constató la severa contaminación generada por descargas de aguas residuales sin previo tratamiento, así como la inadecuada gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, en perjuicio colectivo de quienes habitan en las comunidades vecinas a la Presa Madín, y de quienes hacen uso del agua almacenada para fines domésticos, deportivos y recreativos.

Al comprobarse que la calidad del agua en la Presa Madín sobrepasa los parámetros máximos de contaminantes establecidos en la normatividad ambiental y sanitaria, se acreditó el persistente daño a los ecosistemas y por ello la vulneración a los derechos humanos referidos.

La Comisión Nacional observó con preocupación que las autoridades de CONAGUA, PROFEPA, Estado de México, y de los municipios mexiquenses de Naucalpan de Juárez y Atizapán de Zaragoza han sido omisas en cumplir sus respectivas atribuciones y responsabilidades frente a un grave y añejo problema ambiental.

Ante tal circunstancia, la CNDH solicitó como medidas de reparación a los daños ambientales, el cumplimiento de 64 puntos, entre los que destacan la celebración de un convenio marco de coordinación interinstitucional para la protección ambiental, restauración y reparación integral de los daños ocasionado por la contaminación de la Presa Madín, entre la CONAGUA, la PROFEPA, los gobiernos del Estado de México y de los municipios mencionados, garantizando la efectiva participación significativa de los sectores académico y empresarial, así como de las organizaciones de la sociedad civil que así lo deseen.

Foto: Luis Barrera

Asimismo, se solicitó el diseño de un Programa Integral de Saneamiento, así como un estudio de Clasificación de la Presa Madín; la evaluación de los permisos de descargas de aguas residuales vigentes, que tengan como cuerpo receptor la Presa Madín; la revisión de las estaciones de monitoreo; y la elaboración de un registro de las empresas y fraccionamientos que descargan sus aguas residuales a las redes de alcantarillado que desembocan en la presa.

De igual forma, la CNDH recomendó la revisión de los estados operativos de los sistemas de drenaje y alcantarillado, para llevar a cabo las reparaciones, adecuaciones y su mantenimiento; la elaboración un programa anual de visitas de inspección calendarizado, para vigilar la totalidad de las descargas de aguas residuales que se vierten a la Presa, así como para para verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente y aplicable en los rellenos sanitarios en el Municipio de Naucalpan.

Foto: Luis Barrera

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De detectarse irregularidades, se solicitó el inicio de los procedimientos administrativos y sancionatorios correspondientes. De advertirse hechos probablemente constitutivos de delitos ambientales, se requirió la presentación de las denuncias correspondientes ante la Fiscalía General de la República.

Solicitó la expensa de los recursos necesarios y suficientes para la remediación de la Presa Madín, incluso mediante solicitudes de ampliación presupuestal y el seguimiento a las denuncias administrativas que este organismo nacional presente ante los correspondientes órganos fiscalizadores, en contra de las personas servidoras que resulten responsables por faltas administrativas.

Asimismo, solicitó la elaboración del Programa Estatal para el Aprovechamiento, Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, que incluya la prohibición de tiraderos de residuos a cielo abierto, el cierre de los mismos y la realización de campañas de sensibilización ambiental; y, finalmente, la realización de gestiones necesarias a efecto de que la Planta Potabilizadora Madín, cumpla estrictamente con los parámetros establecidos en la norma oficial NOM-127-SSA1-2021, así como para que durante los procesos de potabilización que lleve a cabo, se remuevan los diversos contaminantes presentes en dicho cuerpo de agua.

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